VERANEO E INTERÉS LEGÍTIMO
Notario de Sanxenxo Es muy habitual, en los pueblos turísticos, que las Juntas de las Comunidades de Propietarios, se celebren siempre en agosto y quizás por los calores, o porque hay que resolver los asuntos de todo el año, tampoco es infrecuente que sean a veces tumultuosas y poco amigables; por eso ocurre muy a menudo que alguno de los comuneros, por el magro arancel que un acta implica, requiera la presencia notarial para “sorprender” al resto con la auctoritas que “todavía” impone la actuación notarial. Como esto me ha ocurrido muchas veces y me ha valido bastantes incomodidades incluso con compañeros, escribo estas breves líneas, sin ánimo de excesiva profundización jurídica, por si a alguien le sirve. Parto de la base que un comunero no tiene interés legítimo para reclamar la presencia del Notario en 1. La primera es que las juntas se celebran en espacios privados, un piso, el garaje, la oficina del gestor, etcétera y nuestra actuación no puede invadir esos lugares sin que lo autoricen la totalidad de sus propietarios ya que el derecho de uno sólo, limita a los demás. 2. La segunda y más importante, a mi entender, es la estrictamente notarial. La celebración de En fin, sin extenderme más, que la enjundia jurídica del tema tampoco lo merece, concluyo, que a mi entender, el procedimiento adecuado para estos requerimientos es que
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