LA DGRN CONDENADA POR SANCIONAR DE FORMA "INJUSTIFICADA, GRATUITA Y ARBITRARIA"
Resumen recibido: La DGRN impuso siete sanciones en grado máximo (con la accesoria de inhabilitación para cargos colegiales) a un registrador por aplicar el criterio de la propia DGRN sobre el art 98 de la ley 24/2001 fijado en resolución de consulta vinculante de 12 de abril de 2002, y no el cambio de criterio posterior de la DGRN en otras resoluciones no vinculantes. La secretaría de estado de justicia confirmó las sanciones. El TSJ de Madrid las anuló. Y ahora el juzgado central de lo contencioso administrativo en sentencia de 25/11/2013 condena a la administración a indemnizar el daño moral causado al registrador sancionado porque la actuación de la Administración no se ha mantenido en unos márgenes de apreciación razonables y razonados y porque la incoación de los expedientes disciplinarios fue gratuita, injustificada y arbitraria. La única resolución de la DGRN que era vinculante dictada al amparo del artículo 103 de la Ley 24/2001, es la de 12 de Abril del 2002, y ésta sostenía una interpretación similar a la mantenida por el hoy recurrente, y que ha sido modificada por la DGRN, no por otra consulta vinculante sino por resoluciones singulares resolviendo recursos gubernativos.
Visita nº desde el 22 de diciembre de 2013.
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