SUBROGACIONES: ACTA DE NOTIFICACIÓN Y REQUERIMIENTO (Ley 41/2007)
Jorge López Navarro y Tomás María Dacal Vidal, Notarios de Alicante
ACTA DE NOTIFICACION Y REQUERIMIENTO (Ley 41/2007)----------------------------------------- NUMERO En Alicante, mi residencia, a
Ante mí, ***********, Notario del Ilustre Colegio de Valencia. COMPARECE: DON *********, mayor de edad, casado, domiciliado a estos efectos en Alicante, calle 03004 García Morato, número ****, con D.N.I. número ********. INTERVIENE en nombre y representación, como Apoderado de la Entidad ******** (datos de la Caja o Banco).------------------------------------- El compareciente se encuentra facultado para este otorgamiento a virtud de poder conferido por la representación legal de la Entidad, el día ***, según escritura autorizada en ****, por el Notario Don *****, con el número ***** de protocolo, y que se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de *** al tomo ****, folio***, Hoja ***, inscripción ***, copia autorizada de la cual tengo a la vista, manifiesta vigente el compareciente, y tiene éste, a mi juicio, interés legítimo para formalizar esta ACTA DE NOTIFICACION Y REQUERIMIENTO y 1)--------------------------------------------- EXPONE I.- Que por escritura autorizada en esta Ciudad, el día ***, por el Notario Don ***, con el número *** de protocolo, el Banco *** concedió a Don*** y Doña*** (poner datos personales) un préstamo hipotecario, por un principal de ****, plazo de **** años y al tipo de interés *****.-------------------------------- El número del préstamo es el ***** y el saldo pendiente del mismo al día de hoy es de ***** euros.-------------------------------------------------- La finca hipotecada en garantía de la devolución de dicho préstamo es la siguiente:--------------------------------------------------------------------- (Descripción, título, inscripción, cargas y arrendamientos). Según manifiesta el compareciente, tras mi advertencia y bajo su responsabilidad, el préstamo (o crédito2)) hipotecario dicho, es el único que mantiene al día de hoy, los deudores anteriores respecto de la Entidad Crediticia anterior y respecto de la misma finca descrita. Así resulta además de nota simple, aportada por la Entidad compareciente (u obtenida telemáticamente por mí, el Notario) y que dejo unida a esta matriz. II.- Que, según manifiesta el compareciente, la Entidad que representa, formuló a los deudores Sres Don*** y Doña ***, en fecha ***, una oferta vinculante, en los términos y respecto de los puntos que permite la Ley 2/94 (tras su modificación por la ley 41/2007), al objeto de subrogarse aquella, en el citado préstamo (o crédito) anterior, la cual fue aceptada y firmada por ambos deudores, y que me entrega y dejo unida a esta matriz, por testimonio (ya que el original procederé a entregarlo a la Entidad Requerida). III.- Que de acuerdo con la citada Ley 2/94, tras de la citada modificación, el compareciente, según actúa,----------------------------------- ME REQUIERE A mí, el Notario, para que notifique, en legal forma, a la Entidad titular actual del préstamo (o crédito) a que se refiere el expositivo I, Banco o Caja ****, en la Sucursal u Oficina, de mi elección, en esta Ciudad de Alicante3), la disposición de la Entidad requirente, a subrogarse en el citado préstamo (o crédito), en los términos y condiciones que resultan de la oferta vinculante, que entregaré, en unión de copia simple de ésta, en los términos que permite el reglamento Notarial, a la Entidad Requerida, y le requiera para que, en el plazo máximo de SIETE DIAS NATURALES, entregue4) certificación del débito de los deudores, por razón del préstamo referido (o crédito, o bien préstamos o créditos, si son varios).------------------------------------------ Se advierte que la Entidad Requerida, una vez entregada la certificación solicitada, tendrá derecho a enervar esta subrogación, en el plazo de QUINCE DIAS NATURALES, a contar de la notificación de la presente acta, compareciendo a tal fin, a través de su representante, ante este mismo Notario, y manifestando, con carácter vinculante, su disposición a formalizar con los deudores, una modificación de las condiciones del préstamo (o crédito), que igualen o mejoren la oferta vinculante que se les ha hecho llegar, quedando incorporada a esta acta, la manifestación que realice5). Se advierte al requirente, que la presente acta quedará abierta durante el plazo citado de quince días, a contar de la notificación que se efectúe, a efecto de que pueda llevarse a cabo la enervación por la Entidad Subrogante, en su caso, de la oferta notificada y que caso, de llevarse a efecto la subrogación pretendida, la Entidad requirente, deberá aportar copia autorizada de esta acta, de la que resulte que no se ha producido respuesta alguna a efecto de enervar la esta subrogación.------------- Acepto el anterior requerimiento, practicando a continuación, la diligencia que se interesa.----------------------------------------------------------- De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, los comparecientes quedan informados y aceptan la incorporación de sus datos a los ficheros automatizados existentes en la Notaría, que se conservarán en la misma con carácter confidencial, sin perjuicio de las remisiones de obligado cumplimiento.------ Hago las reservas y advertencias legales.---------------- Leída por mí, el Notario, esta acta en los términos que ordena el artículo 193 del Reglamento Notarial, previa advertencia del derecho que le hago saber al compareciente, tiene a hacerlo por sí, manifiesta quedar debidamente informado de su contenido y lo ratifica y le prestan su libre consentimiento y la firma conmigo el Notario. De la identificación del Sr. compareciente por su documento de identidad, de que, a mi juicio, tiene capacidad y legitimación para esta acta, de que el consentimiento ha sido libremente prestado, de que esta acta se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada del mismo y, en lo que proceda, del contenido íntegro de este instrumento público, extendido en * folios de papel notarial, serie *, números el presente y anteriores (siguientes) en orden, yo, el Notario, doy fe.-- 1) Creo que el requerimiento inicial no lo puede hacer cualquiera, sino que, dada su trascendencia, lo debe efectuar un apoderado de la Entidad que subroga, con facultades suficientes o al menos, con interés legítimo, para ello. 2) Parece que actualmente se pueden subrogar préstamos y créditos. En tal sentido el número art 13 habla de subrogación en todos los préstamos y créditos de la entidad subrogada, con lo que se abre la nueva posibilidad, a mi juicio, de subrogación en los créditos hipotecarios. 3) No parece necesario que la notificación se haga en la Sucursal correspondiente a la concesión del préstamo o crédito, siempre que haya Sucursal en la Ciudad de actuación del Notario. La notificación se puede también remitir por correo certificado con acuse de recibo, y si se trata de notificación en otra Ciudad, hay que remitirlo al Notario competente. 4) No queda claro en la ley a quien se debe entregar el certificado del débito, en principio quien lo solicita es la Entidad requirente, por tanto entiendo que se puede entregar a la misma directamente o bien incluso al Notario que formaliza el acta, quien deberá ponerlo a su vez en conocimiento de la Entidad subrogante. Parece que debe ser lo primero. 5) Entiendo de nuevo, que la persona que comparezca ante el Notario, debe hacerlo personalmente, y con poder suficiente para llevar a cabo la manifestación, es decir debe ser un apoderado de la entidad Subrogada. No basta el envío de fax o telegrama, ni que comparezca cualquiera (la ley habla de comparezca ante el Notario).
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