RESOLUCIONES DGRN JUNIO 1998
1.- EXCESO DE CABIDA. DUDAS SOBRE LA IDENTIDAD DE LA FINCA. Resolución de 1 de junio de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Santa Fe, don Francisco Javier Casares López, contra la negativa de don José Martín Rodríguez, Registrador de la Propiedad de dicha ciudad, a inscribir un exceso de cabida en virtud de apelación del recurrente. Se ratifica la decisión del Registrador de suspender la inscripción de un exceso de cabida por dudas fundadas acerca de la identidad de la finca. En ambos casos se trataba de títulos traslativos y se acompañaba certificación catastral no coincidente con la descripción. En un caso era inferior a la quinta parte. En el otro había también segregaciones que enturbiaban la identificación Ministerio de Justicia (BOE 155 de 30/06/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-15444)
2.- EXCESO DE CABIDA. DUDAS SOBRE LA IDENTIDAD DE LA FINCA. Resolución de 2 de junio de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Santa Fe, don Francisco Javier Casares López, contra la negativa de don José Martín Rodríguez, Registrador de la Propiedad de dicha ciudad, a inscribir un exceso de cabida en virtud de apelación del recurrente. Parecida a la anterior. Ministerio de Justicia (BOE 155 de 30/06/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-15445)
3.- CONVOCATORIA DE JUNTA POR ADMINISTRADOR CON CARGO CADUCADO PERO REELEGIDO. Resolución de 8 de junio de 1998, de la Dirección General de relaciones con la Administración de Justicia, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo número 3/243/1998, interpuesto ante la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Es válida la convocatoria de una Junta General hecha por un Administrador solidario cuyo cargo aparece cancelado en el RM por caducidad, habiendo sido reelegido sin inscribir. El Administrador lo es desde su aceptación, siendo obligatoria su inscripción en el Registro, pero no constitutiva. Además, en el caso, con carácter previo, y aún vigente el asiento de presentación, se había presentado la escritura de reelección que fue suspendida, pero no en cuanto a ese aspecto de la reelección, no habiéndose inscrito por falta de petición de inscripción parcial. Ministerio de Justicia (BOE 155 de 30/06/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-15446)
4.- CONSTITUCIÓN DE S.L. AUTOCONTRATACIÓN. Resolución de 14 de mayo de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don José Daniel García Contreras frente a la negativa del Registrador Mercantil de Sevilla don Joaquín Lanzas Galvache a inscribir una escritura de constitución de sociedad de responsabilidad limitada. Se trata de inscribir la constitución de una SRL. Una persona actúa, además de por sí, en representación de otra sin que se salve la autocontratación ni los intereses contrapuestos. La Dirección entiende que en los contratos asociativos no es tan patente la existencia de intereses contrapuestos, pero no deja de existir la posibilidad. Aparte del caso en el que el propio poderdante lo prevé en el poder, también se salva la autocontratación cuando las instrucciones son tan precisas que no cabe por su ejercicio presumir perjuicio para el poderdante. Y esta es la situación del caso tratado. Confirma, en cambio, el otro defecto, considerando inadecuada la denominación "Instituto Universitario de Sevilla S.L., por inducir a confusionismo con denominaciones oficiales y ello a pesar de que el Registrador Mercantil central había practicado la reserva de denominación. Ministerio de Justicia (BOE 145 de 18/06/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-14341)
5.- INSCRIPCIÓN DE BIENES PRIVATIVOS. PRUEBA DOCUMENTAL PÚBLICA. Resolución de 21 de mayo de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Madrid don Roberto Blanquer Uberos, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Marbella número 1 don Manuel López Barajas García-Valdecasas a inscribir una escritura de compra de una finca con carácter privativo, en virtud de apelación del recurrente. Una persona, casada en gananciales vende un inmueble privativo. Posteriormente adquiere otro inmueble ante distinto Notario manifestando que el dinero para la compra procede de la venta inicialmente referida. Quiere que se inscriba la finca con carácter privativo a lo que se niega la Dirección por faltar prueba documental pública, a pesar de que el interesado reforzó su posición requiriendo al segundo Notario para que oficiara al primero con el fin de que hiciera constar mediante nota en la matriz la aplicación unívoca por subrogación real del dinero obtenido en la venta a la compra realizada con posterioridad. Ministerio de Justicia (BOE 145 de 18/06/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-14342)
6.- CONSTITUCIÓN DE S.L. CLAUSULAS NO INSCRIBIBLES. Resolución de 23 de mayo de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Pontevedra, don César Cunqueiro González-Seco, contra la negativa de don Eduardo López Ángel, Registrador Mercantil de Asturias, a inscribir una escritura de constitución de una sociedad de Responsabilidad Limitada. 1) Es inscribible una cláusula por la que, en el caso del ejercicio del derecho de adquisición preferente, cuando se transmitan participaciones sociales, se establece el aplazamiento del pago del precio de éstas por un mes como máximo con devengo de los intereses usuales en el tráfico. No se exige en ninguna norma el pago al contado, el plazo es moderado y se busca la equivalencia económica con el pago de intereses. Critica la Dirección veladamente la falta de concrección de dichos intereses. 2) Otra cláusula no es inscribible por reproducir parcialmente una norma. Cabe hacerlo, pero ha de ser completa, porque. de lo contrario, puede generar confusionismo. 3) La conservación de cartas, telegramas u otros medios de expresión de voto no pueden corresponder al Secretario de la Junta por lo futil del cargo sino a los Administradores. 4) La duración del cargo de Administrador ha de constar en los estatutos sin que sea suficiente con que aparezca en la parte contractual de la escritura. Ministerio de Justicia (BOE 145 de 18/06/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-14343)
7.- MAYORÍA PARA ADOPCIÓN DE ACUERDOS EN S.A. Resolución de 25 de mayo de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por «Editorial Juventud, Sociedad Anónima», contra la negativa de don Francisco de A. Serrano de Haro Martínez, Registrador mercantil de Barcelona número X a inscribir el nombramiento de Consejero delegado de una sociedad anónima. De los cinco miembros de un Consejo de Administración de una SA, tres votan a favor y dos en contra del nombramiento de un consejero delegado con el conjunto de facultades que tiene el Consejo. El Registrador deniega porque el art. 141.2 LSA exige el voto favorable de dos tercios. Como los decimales que salen en la operación no pueden coincidir, el recurrente pretende resolver el dilema con una interpretación por defecto y el Registrador por exceso. Y esta es la postura que prevalece. Ministerio de Justicia (BOE 145 de 18/06/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-14344)
8.- DECLARACIÓN DE UNIPERSONALIDAD. LEGITIMACIÓN. Resolución de 26 de mayo de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don José Antonio de Echagüe y Méndez de Vigo, en representación de «Holding Ibérica de Inversiones, Sociedad Anónima» (Inverholding), y del socio único de dicha mercantil «Iberinver, Sociedad Anónima», contra la negativa de don José María Rodríguez Barrocal, Registrador mercantil de Madrid número XVI a inscribir una declaracion a los efectos prevenidos en la disposición transitoria octava de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada. Se debate sobre cuál se la persona legitimada para suscribir la declaración relativa a la situación de unipersonalidad de una sociedad con el fin de inscribirla en el Registro Mercantil en el régimen transitorio de la D.Tr. 8ª LSRL que permite la mera instancia suscrita por persona con facultad certificante. El socio único, si no tiene tal facultad, no lo puede hacer. Una vez inscrita tal situación, con la identificación del socio único, tanto podrá operar éste, realizando Junta y formalizando sus acuerdos, como el Administrador. Ministerio de Justicia (BOE 145 de 18/06/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-14345)
9.- HIPOTECA SOBRE FINCA INMERSA EN UN PROYECTO DE COMPENSACIÓN. EJECUCIÓN DE LA FINCA DE ORIGEN. Resolución de 28 de mayo de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por la Caja de Ahorros y Montes de Piedad de Córdoba contra la negativa de don Jesús Muro Molina, Registrador de la Propiedad de Chiclana de la Frontera, a inscribir un testimonio de auto de adjudicación en virtud de apelación del Registrador. Se hipoteca una finca que después resulta inmersa en un proyecto de compensación a resultas del cual se produce la subrogación real en ocho solares. Se pide la certificación de la regla 4ª del art. 131 LH. y el Registrador hace constar dicha subrogación. A pesar de ello, en el anuncio de subasta se describe la finca original y ésta es la que se adjudica, existiendo una adición del Juzgado en el sentido de aclarar que la finca ejecutada ha dado lugar a ocho solares edificables que sustituyen a la misma. La Dirección entiende que no hay obstáculo para la inscripción por aplicación del principio de subrogación real y no tener duda en Registrador en la correlación entre una finca y las otras. Ministerio de Justicia (BOE 145 de 18/06/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-14346)
10.- ANOTACIONES PRORROGADAS. DURACIÓN. Resolución de 29 de mayo de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por «Panadería Cáreaga Laboral, Sociedad Limitada», contra la negativa de don Juan A. Leyva de Leyva, Registrador de la Propiedad de Baracaldo, a inscribir una escritura de adjudicación de fincas, en virtud de apelación de la recurrente. Se hace una importante rectificación a la doctrina comúnmente aceptada de que las anotaciones prorrogadas son de duración indefinida. El artículo 199.2 RH. permite que persista la anotación prorrogada, a pesar de haber transcurrido los cuatro años de prórroga "hasta que no haya recaído resolución firme que ponga fin al procedimiento". Una interpretación literal burlaría en este caso la eficacia de la resolución judicial pues tiene que haber necesariamente un plazo entre la misma y su presentación en el Registro. Para ello se inventa el plazo de seis meses por analogía con el art. 157 LH. Ahora bien, en el caso concreto resuelve de un modo, en mi opinión, incongruente con su propia doctrina: Se presentan dos autos de adjudicación; en primer lugar el derivado de un procedimiento cuya anotación está caducada sin paliativos; y en segundo lugar el derivado de una anotación respecto de la cual se discute si la prórroga está caducada o no. El Registrador inscribe el segundo y deniega la inscripción del primero presentado, lo que es objeto de recurso. Al revocar la nota, parece que la Dirección entiende que caducó también la anotación discutida. Pero ésta, según su propia doctrina no habría caducado, porque, aunque habían transcurrido los cuatro años desde la prórroga, no habían pasado seis meses entre el auto y la prresentación. La R. 9 de julio de 1998, por vía de rectificación cambia "estimar el recurso" por "desestimar del recurso". Pequeño matiz. Ministerio de Justicia (BOE 145 de 18/06/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-14347)
11.- ANOTACIÓN PREVENTIVA DE EMBARGO CONTRA RESPONSABLE SUBSIDIARIO. Resolución de 19 de mayo de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Abogado del Estado, en nombre de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, contra la negativa de don Francisco Manuel Galán Ortega, Registrador de la Propiedad de Sevilla número 9, a practicar una anotación preventiva de embargo, en virtud de apelación del recurrente. Cabe practicar una anotación preventiva de embargo dirigida contra el responsable civil subsidiario al cual se le ha notificado el procedimiento, aun antas de que se haya ejercitado la acción de derivación de responsabilidad, porque el art. 37 LGT y el 14 RGR permiten la adopción de medidas cautelares cuando existan indicios racionales para presumir que se pudiera impedir la satisfacción de la obligación tributaria. Ministerio de Justicia (BOE 139 de 11/06/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-13774)
12.- ANOTACIÓN PREVENTIVA DE EMBARGO CONTRA RESPONSABLE SUBSIDIARIO. Resolución de 20 de mayo de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el abogado del Estado, en nombre de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, contra la negativa de don Carlos Marín Albornoz, Registrador de la Propiedad de Sevilla número 11, a practicar una anotación preventiva de embargo, en virtud de apelación del recurrente. Igual que la anterior. Ministerio de Justicia (BOE 139 de 11/06/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-13775)
13.- REDUCCIÓN DE CAPITAL SOCIAL. QUÓRUM NECESARIO. Resolución de 8 de mayo de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado en el recurso gubernativo interpuesto por «Clubs El Candado, Sociedad Anónima», contra la negativa de don Pedro Sánchez Marín, Registrador Mercantil de Málaga, a inscribir una escritura de reducción de capital. No es posible inscribir la reducción de capital social de una SA. que tiene carácter obligatorio por haber sufrido pérdidas que han disminuido su haber las dos terceras partes de la cifra de capital y haber transcurrido un ejercicio sin recuperarse, porque el acuerdo fue tomado con un quórum inferior al previsto estatutariamente para los acuerdos de reducción de capital. Ministerio de Justicia (BOE 137 de 09/06/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-13394)
14.- REDUCCIÓN DE CAPITAL. INSCRIPCIÓN. Resolución de 9 de mayo de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por «Metalúrgica Industrial Cerrajera, Sociedad Anónima», contra la negativa de don José María Rodríguez Barrocal, Registrador Mercantil de Madrid, número XVI a inscribir una escritura de reducción de capital. Se discute acerca de la legitimación del recurrente, basada, según el Registrador, en una fotocopia de una sustitución de poder otorgada por la sociedad representada. La Dirección entiende que se sana tal posible defecto con la ratificación posterior del recurrente con presentación de poder y que éste es suficiente. En cuanto a los temas de fondo: 1) es preciso que en la escritura de reducción del capital social de una SA conste si se ha ejercitado o no el derecho de oposición por parte de los acreedores. 2) en una escritura de transformación de SA en SRL. el balance ha de acompañarse a la escritura para su depósito en el R.M., a pesar de estar también incorporado a la misma. Ministerio de Justicia (BOE 137 de 09/06/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-13395)
15.- PARTICIÓN DE HERENCIA. AUTOCONTRATACIÓN. Resolución de 11 de mayo de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Laredo, don Francisco Javier Martín Muñoz, contra la negativa de doña María Inés Cano Ruiz, Registradora de la Propiedad de Laredo, a inscribir una escritura de protocolización de operaciones particionales, en virtud de apelación de la señora Registradora. En una partición de herencia un heredero actúa de por sí y en representación de otro, sin que en el poder se haya salvado la autocontratación ni los intereses contrapuestos. El Notario restringe el recurso a una finca que se adjudicó proindiviso a todos. La Dirección confirma la nota, porque, al haber fincas dentro de la misma partición que no han sido adjudicadas del mismo modo el defecto existe ya que el Registrador ha de calificar la partición en su conjunto. Sí que procedería inscribir si resulta haberse resuelto con imparcialidad dicha representación, como normalmente ocurre en el caso de que todos los bienes se hubieran adjudicado por mitad y proindiviso y de acuerdo con el título básico de la sucesión. Ministerio de Justicia (BOE 137 de 09/06/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-13396)
16.- ACCESO AL REGISTRO DE LA CARGA DE REVERSIÓN. Resolución de 12 de mayo de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Lesmes y don José Zacarías Cameno García, los herederos de don Donato Duque Pérez, los herederos de don Eulogio González Saiz, los herederos de don Millán Preciado Villalaín, don Francisco González Alonso y don Antonio González Camiñas, contra la negativa de don Carlos Alfaro Roa, Registrador de la Propiedad de Burgos, número 3, a rectificar un asiento, en virtud de apelación del recurrente. Las meras fotocopias, aunque estén compulsadas por un funcionario, de un expediente administrativo de expropiación forzosa no son aptas para provocar en el Registro un asiento de rectificación en el que se haga constar la carga de reversión de determinadas fincas en favor de sus primitivos titulares. Los documentos que no ha tenido a la vista el Registrador a la hora de calificar no pueden ser tenidos en cuenta en el recurso gubernativo. Ministerio de Justicia (BOE 137 de 09/06/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-13397)
17.- CONVOCATORIA DE JUNTA POR ADMINISTRADORES CON CARGOS CADUCADOS. Resolución de 13 de mayo de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Jorge González Porro en su condición de Liquidador de la compañía mercantil «Industrial Plástica Nova, Sociedad Anónima», frente a la negativa del Registrador Mercantil número XVII de los de Madrid, don Alfonso Presa de la Cuesta, a inscribir los acuerdos de disolución de la sociedad y nombramiento de Liquidador. Es defecto insubsanable que impide la inscripción de los acuerdos adoptados el que la convocatoria de la Junta General la hubieran realizado administradores con el cargo caducado desde hace bastante tiempo. sin que sea de aplicación al caso la doctrina del administrador de hecho. Ministerio de Justicia (BOE 137 de 09/06/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-13398)
18.- HIPOTECA UNILATERAL SOMETIDA A CONDICIÓN SUSPENSIVA. Resolución de 16 de mayo de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en los recursos gubernativos acumulados interpuestos por doña Mercedes Ybern Monteys, contra la negativa de don Abelardo Gil Marqués y doña Isabel María Maldonado Vilela, Registradores de la Propiedad de Barcelona, números 6 y 11, respectivamente, a cancelar una hipoteca sujeta a condición suspensiva, en virtud de apelación del recurrente. Se trata de cancelar una hipoteca unilateral sometida a condición suspensiva en favor de nueve acreedores, constando la aceptación respecto de siete de ellos. Cabe la cancelación en cuanto a los otros dos ya que consta el requerimiento y han transcurrido dos meses sin que sea obstáculo el hecho de que se halle la hipoteca sometida a condición suspensiva. En relación a los demás el recurrente alega que ya que no consta nada en el Registro y ha transcurrido el plazo señalado para la efectividad de la condición, se puede cancelar asímismo, discrepando de tal planteamiento la Dirección por aplicación del principio general de la necesidad de acreditación fehaciente de los actos, hechos o negocios para que puedan acceder al Registro. Ministerio de Justicia (BOE 136 de 08/06/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-13329)
19.- EXPEDIENTE DE DOMINIO PARA REANUDAR EL TRACTO. ERROR EN EL TÍTULO. Resolución de 18 de mayo de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña Felipa Díez Martín contra la negativa de doña María Dolores Masedo Lázaro, Registradora de la Propiedad de Toro, a inscribir un testimonio de auto recaído en expediente de dominio, en virtud de apelación de la Registradora. Se trata de un expediente de dominio para la reanudación del tracto sucesivo interrumpido. La Registradora suspende, entre otras causas que se subsanan, por no constar el título por el que la promotora del expediente adquiere. En realidad, lo que detecta es un error en el título que se dice en el expediente. La Dirección revoca porque sí consta y advierte que el Registrador no puede entrar a calificar la cadena de transmisiones que haya podido haber. Ministerio de Justicia (BOE 136 de 08/06/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-13330)
20.- ANOTACIÓN PREVENTIVA DE SENTENCIA. Resolución de 7 de mayo de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña Asunción García Campoy, en nombre de doña Elvira, doña Montserrat y don Ramón Pérez Puigdollers, contra la negativa de don Hipólito Rodríguez Ayuso, Registrador de la Propiedad de Ibiza, número 2, a practicar una anotación preventiva de sentencia, en virtud de apelación del Registrador. Parece ser que el recurso se entabla contra una nota de defectos que no consta en el título ni está firmada por el Registrador, aunque sí tiene un sello del Registro. La Dirección la admite al entender que no hay dudas de su relación con el título en cuestión. Pasando al fondo, admite la práctica de una anotación preventiva de sentencia, existiendo ya anotada la demanda del mismo procedimiento, interpretando ampliamente el art. 42.3 L.H. y considerando que su reflejo registral ampliará la información sobre el estado del pleito. Ministerio de Justicia (BOE 130 de 01/06/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-12667) Nueva búsqueda
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