ACTOS NO INSCRIBIBLES
Acta de Junta social sin acuerdo
Acta de Junta social sin acuerdo.- El acta que recoge la manifestación de haberse levantado la Junta por la Presidencia, sin haberse adoptado ninguna decisión, no puede acceder al Registro Mercantil por no estar incluida en la amplia enumeración de actos inscribibles de los artículos 86 y 100 del Reglamento.[1]
24 septiembre 1984
Acta de Junta social sin acuerdo.- No existe acuerdo, y por tanto no hay acto inscribible, cuando del acta notarial de la Junta resulta: 1º) Que en una sesión celebrada el 25 de junio de 1993 (que es la que se pretende inscribir), tras el debate del primer punto del orden del día, se inicia una discusión sobre si determinados socios han emitido o no su voto, y se levanta la sesión sin proclamación del resultado de la votación. 2º) Que en la sesión celebrada cuatro días después se reitera la votación sobre este primer punto declarando el Presidente aprobada la propuesta por mayoría.
23 junio 1997
[1] Guarda relación con esta Resolución la de 21 de septiembre del mismo año, que puede verse, en distintos aspectos, en “SOCIEDAD ANÓNIMA. Expedición de certificaciones” y “SOCIEDAD ANÓNIMA. Facultades del Presidente”.