SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Participaciones sociales: usufructo
Participaciones sociales: usufructo.- En el supuesto de usufructo de participaciones sociales, las relaciones del socio frente a la sociedad pueden ser reguladas en los Estatutos, mientras que las relaciones internas entre el usufructuario y el nudo propietario quedan fuera de la competencia de los Estatutos y se regirán por el título constitutivo o la legislación que le sea aplicable, por lo que no es inscribible la norma estatutaria que impone la inscripción del título constitutivo en el Libro registro de socios y altera el orden de fuentes aplicables, al señalar primero la Ley de Sociedades Anónimas y, en su defecto, la legislación civil aplicable.
19 febrero 1998