ANOTACIÓN PREVENTIVA DE DEMANDA
Sobre finca parafernal y dirigida sólo contra el marido
Sobre finca parafernal y dirigida sólo contra el marido
Aunque conforme al artículo 60 del Código Civil la representación de la mujer corresponde al marido, no puede admitirse esta anotación si, tratándose de bienes parafernales, la demanda se ha dirigido sólo contra el marido, por sí y como administrador de la sociedad legal de gananciales. Por el contrario, y puesto que el marido necesita el consentimiento de su esposa para ejercitar acciones sobre bienes parafernales, la demanda debió dirigirse contra el marido pero en su carácter de representante legal de su mujer.
29 marzo 1954