De anotaciones de embargo por extinción del derecho sobre el que recae

De anotaciones de embargo por extinción del derecho sobre el que recae

Adminstrador CoMa, 04/03/2016

CANCELACIÓN

De anotaciones de embargo por extinción del derecho sobre el que recae

De anotaciones de embargo por extinción del derecho sobre el que recae

Antecedentes: existe inscrito un derecho de superficie en el que el cedente del terreno recibirá el 25 por 100 de lo construido; se estipuló que, transcurrido el plazo de dos años sin que la construcción hubiese sido concluida, «los cedentes consolidarían el pleno dominio, haciendo suyo lo hasta entonces edificado en suelo propio como indemnización de los daños y perjuicios causados y sin tener que abonar nada al superficiario». Transcurrido el plazo, cedente y superficiario otorgan escritura pública en la que exponen que el edificio no está terminado y aceptan la extinción del derecho de superficie, con renuncia a reclamar nada, así como la reversión total de los pisos que habían sido inscritos a favor del superficiario y la cancelación de los derechos reales o personales que traigan causa del superficiario. El Registrador reinscribió a favor del cedente los pisos ya inscritos, pero suspendió la cancelación de ciertas anotaciones de embargo que pesaban sobre ellos, en tanto no se acredite la consignación prevenida en el artículo 175-6º del Reglamento Hipotecario. La Dirección, sin prejuzgar sobre la naturaleza del derecho resultante de la escritura que daba lugar a la cesión del suelo por plazo de dos años, ni sobre la pertinencia o no de la inscripción a favor del dueño del suelo de los pisos que ya figuraban inscritos a favor del constructor -sin perjuicio de advertir al final sobre la posibilidad de utilizar la facultad conferida al Registrador por el artículo 127 del Reglamento Hipotecario- rechaza la calificación puesto que el artículo 175.6º del Reglamento presupone la nulidad o rescisión de un negocio de venta, que implica la devolución de la cosa con sus frutos y el precio con su interés, por lo que se supedita la cancelación del asiento registral extendido a favor del comprador a la justificación de la devolución de su contraprestación. Pero en cambio, en el caso debatido lo que se produce es la extinción de un derecho real limitativo cuya constitución no implicaba una contraprestación económica simultánea a cargo del adquirente, sino una obligación subsiguiente de hacer, de construir, cuyo incumplimiento se configuraba como causa de tal extinción; no hay, pues, un intercambio inicial y simultáneo de prestaciones que deba deshacerse supeditando a ello la cancelación de los asientos registrales; inicialmente hay adquisición por una de las partes y, por ello, frustrado el fin negocial por incumplimiento de este último, la restitución de las cosas al estado originario sólo exige la ineficacia de aquella adquisición inicial, y la cancelación del asiento respectivo no puede, pues, supeditarse a ninguna consignación. Finalmente, la obligación de devolver lo edificado, en concepto de indemnización y sin abono de cantidad alguna, en conjunción con la facultad judicial de moderar la pena, puede originar otras consecuencias, pero, en todo caso, consecuencias adicionales derivadas de la ineficacia del negocio y no de la restitución de las prestaciones inicialmente intercambiadas.

23 julio 1996

De anotaciones de embargo por extinción del derecho sobre el que recae.- Es posible cancelar la anotación de embargo sobre el derecho hereditario, por medio de instancia. Ver, más atrás, el apartado “ANOTACIÓN DE EMBARGO. Cancelación por medio de instancia”.

7 diciembre 2006

De anotaciones de embargo por extinción del derecho sobre el que recaen.- Se plantea en este recurso si es posible cancelar una anotación de embargo practicada sobre un usufructo vitalicio, que había sido cedido onerosamente al nudo propietario, al fallecer el usufructuario cedente sobre cuya vida se constituyó el derecho de usufructo. La resolución está recogida en el apartado “USUFRUCTO. Cancelación por fallecimiento”.

21 febrero 2012

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