DOCUMENTO JUDICIAL
Posibilidad de inscribir en base a una sentencia no firme
Posibilidad de inscribir en base a una sentencia no firme.- Otorgada una escritura de venta como consecuencia de una sentencia no firme que condenaba al pago de una suma de dinero, la Dirección, revocando la calificación del Registrador, la declara inscribible, basándose en: a) la ejecución provisional no es automática, sino que su oportunidad la decide el Juez en función de las circunstancias de cada caso. b) El condenado tiene la posibilidad de evitar la realización de bienes consignando la cantidad reclamada. c) Si el propio actor se adjudica el bien ejecutado, habrá de restituirlo en caso de revocación de la sentencia ejecutada. d) Si no se mantiene «la firmeza de la ejecución provisional», ésta resultaría inadecuada para el fin pretendido. [1]
5 junio 1999
[1] Esta Resolución supone un cambio de criterio respecto al mantenido en la de 12 de noviembre de 1990.