DOCUMENTO NOTARIAL
El Reglamento Notarial admite que el contenido de la parte expositiva de la escritura sea el resultado tanto del contenido de los documentos que se aporten al Notario como de las manifestaciones verbales de los comparecientes. Tratándose de una escritura por la que, en ejecución de sentencia, se formalizan cuatro contratos privados de compraventa, que se otorga por el Juez en representación y por rebeldía de la parte demandada y en la que se recoge íntegramente el fallo de la sentencia, el Registrador tiene elementos para calificar la legitimación del Juez en su intervención, pues si el exponen, en plural, es fruto de las manifestaciones comunes de los comparecientes, entre ellas están las del propio Juez, que de este modo asume como correcta la relación de los hechos expuestos con el contenido de los autos a que se refieren y con el alcance probatorio que a sus declaraciones atribuye el párrafo segundo del artículo 1.218 del Código Civil.
17 febrero 1994