Buenas tardes: De todos es sabido que en las inscripciones de Sucesiones se pueden poner al margen, por cada hecho imponible, tantas notas de afección como herederos, o como fiscalmente se les prefiere llamar, obligados tributarios. Pues bien, a partir del 3 de septiembre el IVAT (Instituto Valenciano de Administración Tributaria) en su aplicación de ayuda para la cumplimentación del modelo 600 solo permite poner un sujeto pasivo por cada modelo por lo que, en el caso de adquisiciones en pro indiviso o para la sociedad de gananciales y cotitularidades en otros casos, cada uno de ellos se convierte en «responsable» de su propia parte del impuesto. Hasta ahora cada hecho imponible que era inscrito tenía asociada una única afección por la totalidad del impuesto aunque haya varios adquirentes, pero en cambio si se inicia un expediente de comprobación de valores, por poner un ejemplo, y el valor es revisado al alza, se deberá notificar a cada uno de ellos la liquidación complementaria por la parte que le corresponda. De esta forma se confirma que cada obligado tributario es responsable de su parte de impuesto y si esto es así ¿porqué no poner tantas notas de afección como presentaciones/modelos 600/sujetos pasivos se hayan aportado tal y como sucede en Sucesiones?.