Es conveniente que vayan al Registro correspondiente y que les aconseje el Registrador, pues puede ser complejo el asunto. Parece, por los datos que da que se inmatriculó la finca con un gran error de medición pues, por lo que dice, es un 300% más grande. Puede que no esté inmatriculado realmente su solar anejo…
De estar inmatriculado todo, habrá que realizar la segregación correspondiente, que precisa licencia.
En cuanto a la reanudación del tracto, dependerá de si no hay escrituras de herencia. Podría acudir para ello al expediente notarial del artículo 208 de la Ley Hipotecaria.
Si no está inmatriculado, podría quizás acudir al artículo 205 de la Ley Hipotecaria, siempre que la descripción coincida con la parcela catastral y haya doble título de transmisión…