Por favor, necesito ayuda, alguien que me explique en lenguaje coloquial, porque no termino de entenderlo técnicamente qué significan las siguientes cláusulas del testamento de mi padre fallecido.
SEGUNDA.- Lega a su citada esposa ***, el usufructo universal y vitalicio de tods sus bienes, derechos, créditos y acciones, presentes y futuros, relevándole de la obligación de hacer inventario y prestar fianza y facultándole para tomar posesión por si mismo de este legado, dentro del cual se entenderá incluida la cuota vidual usufructuaria.
Ruega a sus hijos el respeto por este legado y ordena que si alguno no lo respetase, quedará reducido su derecho hereditario a su cuota legitimaria estricta, acreciendo el resto de su porción al hijo o hijos que estuvieren conformes con tal legado de usufructo.
Y si alguno lo respetare, o bien si su esposa así lo deseare entonces lega a esta el tercio de libre disposició, enpleno dominio, además de la cuota vidual usufructuaria que desde luego le confirma.
TERCERA.- Sin perjuicio del legado ordenado en la clausula precedente, con cargo al tercio de mejora de su herencia, y en su caso, al de libre disposición, lega a su hijo *** el usufructo de los derechos que ostente el testador (en principio, la mitad como ganancial), sobre la vivienda ***, situada en la calle ***, de esta ciudad, y sobre la plaza de aparcamiento situada en la planta sótano del mismo edificio; dicho usufructo subsistirá mientras el citado legatario permanezca soltero, no conviva de hecho con otra persona, o no tenga en propiedad otra vivienda.
No entiendo qué derechos tiene mi hermano con respecto a nosotros (otros tres hermanos más) respecto a la vivienda de la que era mi padre (fallecido) propietario, junto a mi madre (en vida).
Ojalá pudieran responderme y aclararme un poco.
Muchas gracias.