CANCELACION DE LA OBLIGACION EN EL REGISTRO

Foros Foro jurídico – práctico de NyR CANCELACION DE LA OBLIGACION EN EL REGISTRO

Mostrando 0 respuestas a los debates
  • Autor
    Entradas
    • #38883
      Maria Perplejidad
      Participante

      Buenos días,
      Somos una familia demandada en estos momentos por dos millones de euros derivada de una cláusula penal en contrato de compraventa de 1993 realizado por un notario supuestamente imparcial ahora jubilado que se autonombró albacea y contador partidor de la fortuna de una mujer soltera sin ascendientes ni descendientes que dejó todos sus bienes a una institución religiosa como heredera universal (Cinco millones de euros). En el testamento de la mujer, ésta ordena al notario, albacea y contador-partidor que, «para evitar molestias y preocupaciones a su heredera, el litigio que prevé mantener contra XX (nuestro padre) en relación con los derechos que le corresponden en el inmueble, sea seguido a su fallecimiento, con plenas facultades, incluso de transigir, por dicho Notario».
      El litigio terminó en 2014 y se entregó el inmueble que vendieron por otros tres millones de euros. La orden religiosa canceló la contraprestación y obligación en el Registro de la Propiedad «dando por cumplida la obligación a favor de su causante». Ahora nos encontramos que el albacea nos demanda a los herederos por una clausula penal en el contrato por retraso en la entrega. Nosotros creemos que no tiene legitimación activa, pues el litigio ya terminó y que además ya entregó los bienes a la orden religiosa que dio por cumplida la obligación. Ellos dicen que continúa teniendo legitimación pues no ha terminado su función de albacea y que cancelar un asiento en el Registro de la Propiedad no supone renunciar a las obligaciones personales, sino únicamente a las reales.
      ¿Es esto legal? Necesitamos ayuda porque nos parece que en todo este asunto hay bastante mala fe. Y usura.

      Muchísimas gracias por su atención.

Mostrando 0 respuestas a los debates
  • El foro ‘Foro jurídico – práctico de NyR’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.