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- Este debate tiene 1 respuesta, 2 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 3 años, 5 meses por antonio j..
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10/07/2021 a las 01:20 #84344LolasParticipante
Pues nada mas que una herencia simple…
Titular fallecido : Una vivienda con un valor catastral inferior a 100.000e de 30.000 a 60.000 . 2 productos financieros con seguros de proteccion de pagos … 1 ya a sido ejecutado el seguro , …con el otro hay problemas CETELEM y Cardif ; pero se puede pedir la nulidad de contrato po usura ….
Se necesita tambien canviar el inmueble de titular en el registro civil … el titular actual es la constructora , el piso ya se terrmino de paga hace poco y evidentemente dispongo del contrato de comprra venta del piso …
me afirmo el notario que me derivo el seguro de decesos….
1500e = canvio de titular el registro civil
1500e = la herencia en si …..Y gracias a dios que estamos excemptos de impuestos de sucesiones . pues el heredero es descendiente directo y el valor cataastral es inferior a 100.000e ….
Total 3000e la herencia …. l ruina absoluta …
he consultado precios y el Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Notarios.
Y me salen entre
600-900e = canvio de titular …
350-600e = la herencia en si ….esta disparidad de precios me abruma y la falta de informacion precisa mas …evidentemente dad por echo que no tenemos para abogados … pero la indefension legal y de informacion que sufimos en este pais abruma .. si no tienes dinero estas fuera no hay justicia ni nada …
Conssiderais que 3000e para una herencia con 1 inmueble pagado de proteccion oficial en un barrio deprimido donde el precio de la vivienda a caido un 100% en 10 años…sin deudas practicamente , y un canvio de titular de la promotora al titula difunto …
vale eso…me estan intentando timar¿? que tengo que saber para poder discernir una calidad/precio decente en servicios notariales…
pues conssultando el BOE y otras paginas me sale menos de 3000e ….sal2
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15/07/2021 a las 19:50 #84464antonio j.Participante
Lolas, creo que estas hecha un lio o no te explicas bien.
¿a que cambio de registro civil te refieres? ¿no será de la propiedad?
En cuanto al coste, desde que se aprobaron los aranceles, hace mas de treinta años, se han ido incorporando diversas obligaciones a los notarios (peticion de certificados catastrales, registrales, informacion de indice unico, remision de copias a los ayuntamientos, y otros otros que ahora se me escapan), todo ello lleva un coste de trabajo que se repercute en la factura. Ademas en las herencias se cobran por hijuelas (es decir por haberes de herederos) tantos como existan, ademas del conyuge. No obstante en las herencias, como parece ser la tuya, de un solo piso de VPO, el Colegio Notarial solicito a los Notarios tuvieran mesura en sus honorarios, esta peticion fue hace muchos años, no se si ahora lo siguen aplicando.
En cuanto a la propia particion de que hablas, creo que deberias ponerte tú en contacto con un Notario (de tu libre eleccion) y explicarle el caso, pues por lo que dices parece ser que necesitas el asesoramiento de un profesional.
Espero y deseo que lo anterior sea de ayuda. Saludos.
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