Dudas sobre firma de hipoteca en Notaría

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    • #35731
      Adrian
      Participante

      Hola, estoy a días de firmar la hipoteca en notaría. He solicitado a la misma me enviara para revisar la minuta correspondiente.
      Al hacerlo encuentro 3 puntos que no existen en la oferta vinculante y no entiendo si los mismos hablan de dinero que tengo que sumar a los gastos o se refiere a especificaciones de partidas (no se como llamarlo) del préstamo correspondiente.
      Agrego a continuación el texto correspondiente.
      Muchas gracias

      constituyen hipoteca voluntaria sobre la finca descrita en el Expositivo Primero de esta escritura, a favor del BANCO, que la acepta, en garantía de la restitución de:
      1. SETENTA MIL OCHOCIENTOS EUROS (€ 70.800), importe del principal del préstamo.
      2. Un año de intereses remuneratorios, calculados conforme a la Cláusula Financiera TERCERA, “Intereses ordinarios», si bien, a los únicos y exclusivos efectos de determinar un máximo de responsabilidad hipotecaria por intereses, éstos solo quedarán garantizados hipotecariamente hasta un máximo del 2,50 POR CIENTO anual, que asciende a MIL SETECIENTOS SETENTA EUROS (€ 1.770).
      3. Tres años de intereses moratorios, calculados conforme a lo convenido en la Cláusula Financiera SEXTA, “Intereses de demora», si bien, a los únicos y exclusivos efectos de determinar un máximo de responsabilidad hipotecaria por intereses de demora, éstos sólo quedarán garantizados hipotecariamente hasta un máximo del 4,50 POR CIENTO anual, que asciende a NUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO EUROS (€ 9.558).
      4. TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA EUROS (€ 3.540) que se fijan para costas, y TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA EUROS (€ 3.540) que se fijan para gastos, incluidos en estos últimos los conceptos a que se refiere la Cláusula OCTAVA, “Seguros, tributos y conservación de la finca hipotecada», y cualquier otro gasto relativo a la finca hipotecada que pudiera ser preferente al crédito del acreedor. En todo caso, en el supuesto de ejecución de vivienda habitual las costas exigibles al deudor ejecutado no podrán superar el 5% de la cantidad que se reclame en la demanda ejecutiva.

    • #38823
      AFS
      Superadministrador

      La oferta vinculante se refiere al préstamo: tipo de interés, plazos, etc …es decir a lo que hay que pagar.
      La hipoteca propiamente (porque se tiende a llamar a toda la operación hipoteca) es una garantía que va con el préstamo en la que se asegura con cargo a la vivienda hipotecada lo que hipotéticamente se pueda deber en su días hasta un máximo de las cantidades que se señalan por capital, intereses, costas, etc …. Es decir que si no se paga el préstamo y se ejecuta la hipoteca y por ello se saca a subasta la vivienda, del precio que se obtenga el banco se cobrará hasta un máximo de dichas cantidades.
      Por tanto ahora no supone mayor deuda ni más intereses ni más costas que lo que dice la oferta y reflejará la escritura.
      Saludos

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