Se me plantea la siguiente duda:
Pongamos el caso de una finca que registralmente es una única finca, pero en catastro se corresponde con dos parcelas catastrales independientes y que se formaron, pongamos, hace diez años y así resulta de catastro y además existe una certificado del ayuntamiento donde dice que han prescrito las acciones de regularización sobre la situación de la finca.
¿ Se podría proceder a la segregación de la finca registral (coincidiendo la misma con una de las parcelas catastrales) alegando prescripción y por tanto sin licencia al estar por debajo de la unidad mínima de cultivo?
Espero haberme explicado correctamente.
salu2.