Lolas, creo que estas hecha un lio o no te explicas bien.
¿a que cambio de registro civil te refieres? ¿no será de la propiedad?
En cuanto al coste, desde que se aprobaron los aranceles, hace mas de treinta años, se han ido incorporando diversas obligaciones a los notarios (peticion de certificados catastrales, registrales, informacion de indice unico, remision de copias a los ayuntamientos, y otros otros que ahora se me escapan), todo ello lleva un coste de trabajo que se repercute en la factura. Ademas en las herencias se cobran por hijuelas (es decir por haberes de herederos) tantos como existan, ademas del conyuge. No obstante en las herencias, como parece ser la tuya, de un solo piso de VPO, el Colegio Notarial solicito a los Notarios tuvieran mesura en sus honorarios, esta peticion fue hace muchos años, no se si ahora lo siguen aplicando.
En cuanto a la propia particion de que hablas, creo que deberias ponerte tú en contacto con un Notario (de tu libre eleccion) y explicarle el caso, pues por lo que dices parece ser que necesitas el asesoramiento de un profesional.
Espero y deseo que lo anterior sea de ayuda. Saludos.
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