Mini Informe BOE febrero 2019

Mini Informe BOE febrero 2019

Admin, 15/03/2019

MINI INFORME

BOE FEBRERO de 2019

 

El equipo de redacción de la web aprobó en la XI Convención lanzar, junto al informe mensual completo que recoge lo publicado en el BOE durante el mes anterior, otro mucho más reducido para facilitar que los usuarios de la web conozcan lo fundamental en poco tiempo, pero con enlaces para ampliar información en aquello que más interese (información en cuatro niveles).

Tiene dos partes:

En la primera, se entresacan las 10 disposiciones o resoluciones muy significativas (sin orden jerárquico necesariamente y pudiendo haber más merecedoras de estar en la lista).

En la segunda, aparece el resto de resúmenes reducidos.

 

Pinchar en el enlace para ampliar información sobre la materia deseada

Los 10 del mes:

1

Cotizaciones Seguridad Social 2019. Esta orden desarrolla las previsiones legales en materia de cotizaciones sociales para el ejercicio 2019, con aumentos considerables en las bases mínima (21%) y máxima (7%) de cotización.

2

Secretos empresariales. La primera ley de 2019 transpone la Directiva 2016/943 para mejorar la definición y ámbito de los secretos empresariales, reconociendo su carácter de transmisibles y regulando la copropiedad. Aumenta su protección, especialmente desde la perspectiva procesal civil. Autoriza al Gobierno para un Texto Refundido de la Ley Concursal.

3

33.*** NORMATIVA APLICABLE AL ACTA NOTARIAL DE VENTA VOLUNTARIA EN PÚBLICA SUBASTA. FACULTADES DEL ADMINISTRADOR CONCURSAL EN LA FASE DE LIQUIDACIÓN.  Todas las subastas notariales han de ajustarse imperativamente al procedimiento establecido en la LN (artículos 72 y siguientes) de subasta electrónica y no caben las subastas puramente voluntarias, con trámites a la carta a voluntad del requirente. El administrador concursal en la fase de liquidación debe de ajustarse al plan de liquidación o, si no lo hubiere, a las reglas supletorias.

4

36.** DOCUMENTO ELECTRÓNICO. AUTENTICIDAD. CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN Ó CSV. El código seguro de verificación ha de permitir comprobar la autenticidad de la documentación presentada.

5

37.*** HERENCIA. CERTIFICADO SUCESORIO EUROPEO. TRADUCCIÓN.  Las autoridades de destino pueden pedir la traducción del Certificado de conformidad con su ley nacional máxime teniendo presente que los campos que deben ser completados en el formulario V, en algunos casos, como son los puntos 7.4, 8.2.3. 8.2.4, 8.3 y 8.4 con relación a la ley aplicable y ciertos extremos de los anexos I a VI del formulario -en los casos en que deban ser completados- no permiten una traducción simultánea por cotejo de diversas versiones lingüísticas.

6

47.*** EXPEDIENTE NOTARIAL DE RECTIFICACIÓN DE DESCRIPCIÓN DE FINCAS POR UN EXCESO DE CABIDA. El art. 201 LH permite rectificaciones descriptivas de cualquier naturaleza (tanto de superficie como linderos, incluso linderos fijos), de cualquier magnitud y la inscripción de la representación geográfica de la finca y la lista de coordenadas de sus vértices.

7

52.*** INVASIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO. EL INFORME CONTRARIO IMPIDE LA INSCRIPCIÓN AUNQUE NO HAYA DESLINDE. Si el Registrador sospecha la invasión de dominio público en una inmatriculación debe pedir informe. El informe de la administración que constata posible invasión impide la inscripción, sin que sea necesario el deslinde: que sí lo será para que puede inscribirse a favor de la Administración.

8

55.** SUBROGACIÓN Y NOVACIÓN DE HIPOTECA CON REMISIÓN A APARTADOS DE LA OFERTA VINCULANTE. En una escritura de subrogación de acreedor hipotecario con novación de las condiciones del préstamo contenidas en la oferta vinculante no es necesario reproducirlas en el cuerpo de la escritura pues basta que las partes se remitan a ellas, y son inscribibles siempre que reúna los requisitos de fondo necesarios para ello. 

9

34.*** JUNTA GENERAL. FORMA DE LA CONVOCATORIA. FEHACIENCIA DE LA NOTIFICACIÓN. SERVICIOS DE CORREOS. Se trata de un acta notarial que recoge la celebración de una junta de una sociedad limitada. En cuanto a la forma de convocatoria se dice que se hizo por burofax a través de la entidad “Logalty Servicios de Terceros de Confianza, S.L.” por notificación certificada postal”.

10

59.*** AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL DE SA LABORAL NO ADAPTADA, CIERRE DEL REGISTRO, FORMA DE ADAPTACIÓN. No son inscribibles acuerdos de una SAL mientras no se adapten sus estatutos a su ley reguladora o se solicite del registrador la calificación de los estatutos inscritos para verificar si alguno de ellos está o no necesitado de adaptación.

 

RESTO DEL INFORME REDUCIDO:

DISPOSICIONES GENERALES:

130 Aniversario del Código Civil. Esta Orden crea una Comisión dentro del Ministerio de Justicia para celebrar y organizar el 130 Aniversario del Código Civil. En su Exposición de Motivos -con hermosas palabras que entrecomillamos- se ensalza el rol que desempeña el centenario Código en la vida cotidiana de los ciudadanos y su contribución a la paz social.

PDF (BOE-A-2019-1366 – 38 págs. – 892 KB) Otros formatos Corrección de errores

Delegación de competencias en el Ministerio de Justicia. Esta orden modifica la de 2015, para adaptarla al Real Decreto 1044/2018, de 24 de agosto, y a la Ley del Sector Público. Citamos todas las concedidas a la DGRN y algunas de las otorgadas a la Subsecretaría y a la Subdirección General de Recursos Humanos.

Directivas transpuestas al Código Penal. Esta Ley Orgánica transpone varias Directivas en materia penal, sobre abuso de mercado, lucha contra el terrorismo, fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión y falsificación de monedas. También se modifica la regulación de delitos relacionados con el tráfico de órganos y la de los delitos de corrupción.

Gestación por sustitución. Esta Instrucción DGRN deroga una Instrucción previa dictada tan sólo cuatro días antes. Exige sentencia firme con exequatur para inscribir las solicitudes de inscripción en el Registro Civil consular de la filiación.

Régimen especial para las Illes Balears. Este Rdley desarrolla la D. Ad. 6ª del Estatuto de Autonomía regulando un régimen especial para paliar la fragmentación del territorio, abarcando materias como la energía, el transporte, o el factor de insularidad que se aplicará a las inversiones.

Disposiciones Autonómicas. Se incluye normativa de Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, Valencia, Murcia y Navarra.

SECCIÓN II. Convocatoria y resultado del Concurso de Registros n.º 302. Convocatoria del Concurso Notarial. Constitución del Cuerpo de Aspirantes. Jubilación de dos notarios y de un registrador.

RESOLUCIONES: 

En FEBRERO se ha publicado TREINTA Y CUATRO

35.** AMPLIACIÓN DE OBRA NUEVA EN ELEMENTO PRIVATIVO DE PROPIEDAD HORIZONTAL. LICENCIA. COORDENADAS DE LA SUPERFICIE OCUPADA. La existencia de una cláusula estatutaria que permite dentro de la parcela el derecho a edificar con licencia, también ampara las que se puedan declarar por antigüedad. Ha de coincidir la superficie ocupada por la edificación, según la descripción literaria del título y la que resulta de las coordenadas georreferenciadas aportadas. 

38.*** OBRA NUEVA TERMINADA. COORDENADAS DE LA SUPERFICIE OCUPADA Y GEORREFERENCIACIÓN DE LA FINCA CUANDO LA OBRA OCUPA LA FINCA ENTERA. Para inscribir cualquier edificación, nueva o antigua, cuya solicitud de inscripción se presente en el Registro de la Propiedad a partir del 1 de noviembre de 2015 (fecha de la plena entrada en vigor de la Ley 13/2015), será requisito, en todo caso que la porción de suelo ocupada habrá de estar identificada mediante sus coordenadas de referenciación geográfica. Si la obra nueva ocupa todo el solar, este quedará georreferenciado, pero no se precisa el trámite del art. 199 LH cuando de la calificación registral de la representación gráfica no resulta afectado colindante alguno.

39.** DACIÓN EN PAGO DE DEUDAS Y SOLICITUD DE CANCELACIÓN DE HIPOTECA POR CONFUSIÓN DE DERECHOS. JUICIO DE SUFICIENCIA. En las daciones de pago de deuda el juicio notarial de suficiencia no ha de referirse a la cancelación, pues ésta se produce automáticamente por disposición de la ley, bastando para practicar el asiento una solicitud de cancelación.

41.** SOLICITUD DE CANCELACIÓN DE FINCA PARA INTENTAR INMATRICULARLA POR TROZOS. No se admite el mero consentimiento formal como título para cancelar un asiento.

42.** SOLICITUD DE ANOTACIÓN DE DEMANDA CUANDO EL TITULAR REGISTRAL NO HA SIDO DEMANDADO. No cabe practicar anotación preventiva de demanda contra el supuesto heredero de los titulares registrales (sus padres) sin demandar a estos ni probar fehacientemente la cualidad de heredero (único).

43.** INSTANCIA, ESCRITURA DE CARTA DE PAGO DE CONDICIÓN RESOLUTORIA Y ARTÍCULO 254 LH. El registrador en su calificación puede -e incluso debe- consultar los registros jurídicos o administrativos existentes a su alcance para asegurar la legalidad y validez de los actos susceptibles de inscripción, y esta actuación no debe servir solo para controlar la correcta actuación o la adecuada intervención de un representante o la vigencia de su poder, la situación de un inmueble o sus construcciones, sino también para poder comprobar la adecuación de un documento cuya existencia es solo presunta al haberse incorporado por medio de una fotocopia, a los efectos de favorecer y facilitar la inscripción. 

44.** REPRESENTACIÓN GRÁFICA ALTERNATIVA QUE PUEDE INVADIR MONTE PÚBLICO.  En la inscripción de una representación gráfica ha de evitarse, en todo caso, que coincida en todo o en parte con el dominio público.

45.** ACTA DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIÓN RESOLUTORIA CON CONSIGNACIÓN Y OPOSICIÓN DEL COMPRADOR. Incumplido el pago de una compraventa, garantizado con condición resolutoria, habiéndose pactado lo siguiente: “bastando para hacer constar en el Registro la resolución de la venta y la reinscripción a favor de la vendedora, un acta notarial”, se otorga un “acta de retorno”, oponiéndose la compradora. La DGRN estima que hay que acudir a la vía judicial aunque se haya hecho consignación.

46.** COPIA PARCIAL DE ESCRITURA DE ENTREGA DE LEGADOS. La copia parcial es título inscribible si contiene todas las circunstancias exigidas por la legislación hipotecaria para que el registrador pueda cumplir su obligación de calificación integra, global y unitaria.

48.** SENTENCIA DE PRESCRIPCIÓN/USUCAPIÓN CONTRA HERENCIA YACENTE. REBELDÍA. No cabe inscribir una sentencia de usucapión contra el titular registral fallecido hace 50 años, sin que la demanda se dirija también contra sus presuntos herederos –ignorados– (o al menos algunos de ellos), o nombrando un administrador judicial de la herencia.

49.** EXPROPIACIÓN TOTAL DE UNA FINCA CON MENOS CABIDA REAL QUE LA INSCRITA. En los expedientes de expropiación parcial de una finca hay que precisar la parte expropiada y el resto con los vértices georreferenciados de ambas porciones. Si se trata de la expropiación total de una finca con rectificación de su cabida registral hay que hacer constar la diferencia de cabida en las Actas de ocupación y pago, con intervención del titular registral.

50.** PROPIEDAD HORIZONTAL. FORMA DE PRACTICAR LOS ASIENTOS. CERTFICACIÓN REGISTRAL. OBJETO DEL RECURSO. La descripción de los diferentes elementos privativos de una propiedad horizontal y sus coeficientes debe de hacerse en folios independientes al de la finca matriz. 

56.** LIQUIDACIÓN DE CONSORCIO CONYUGAL ARAGONÉS SIN EL CONCURSO DE LOS LEGATARIOS DE COSA CONSORCIAL. Puede liquidarse la Comunidad conyugal aragonesa de Consorcio, entre el viudo y el heredero, incluso adjudicando todos los bienes consorciales al viudo (y atribuyendo al heredero solo su contravalor dinerario en la herencia) sin necesidad del concurso de los legatarios de bienes consorciales (concretos y determinados).

60.** ANOTACIÓN PREVENTIVA POR DEFECTOS SUBSANABLES. Teniendo en cuenta los efectos de la anotación preventiva por defecto subsanable, no tiene sentido su práctica cuando el defecto es insubsanable, pero, en caso de duda, los defectos han de considerarse subsanables

61.** INSCRIPCIÓN DE REPRESENTACIÓN GRÁFICA ALTERNATIVA. OPOSICIÓN DE COLINDANTE. La mera oposición de un colindante a la incorporación de la representación gráfica, que no esté debidamente fundamentada en prueba escrita de su derecho, no justifica la denegación y que se deba derivar el procedimiento a la jurisdicción contenciosa.  

62.** ADJUDICACIÓN HEREDITARIA EN FAVOR DE UNA FUNDACIÓN. Trata la Resolución de varias cuestiones en la que reitera doctrina anterior (recurso gubernativo, calificación registral y albacea contador partidor) con ocasión de herencia a favor de una Fundación de la Iglesia Católica, planteándose la necesidad de su inscripción.

64.* SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE INSCRIPCIÓN POR ERROR DE CONCEPTO. No es posible la rectificación del registro si no existe error de concepto, sino omisión de presentación e inscripción de un título. 

RESOLUCIONES MERCANTIL

40.* JUNTA GENERAL. FORMA DE CONVOCATORIA DIFERENTE A LA ESTATUTARIA. NO ES POSIBLE. No es posible convocar la junta de forma distinta a la establecida en estatutos.

51.** CONVOCATORIA JUDICIAL DE JUNTA GENERAL. CESE Y NOMBRAMIENTO DE ADMINISTRADOR.CONFLICTO ENTRE SOCIOS. En una situación de conflicto entre socios, respecto de la cifra del capital de la sociedad, no procede la suspensión de la inscripción de los acuerdos, cuando del documento principal y de los demás acompañados, se puede deducir que la declaración del presidente de la junta de tener esta por válidamente constituida, no queda desvirtuada por el socio o socios que se oponen a ella. 

54.** CONVOCATORIA JUDICIAL DE JUNTA GENERAL. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. DERECHO DE INFORMACIÓN DE LOS SOCIOS. La omisión total del derecho de información de los socios, en el caso de modificaciones estatutarias, no puede ser suplida por referencias genéricas en el anuncio de convocatoria de entrega de documentación a los socios.

57.** CONVOCATORIA DE JUNTA GENERAL. DERECHO DE INFORMACIÓN. En una junta general que adopta acuerdos sobre modificación de estatutos, en ningún caso, una referencia genérica en el anuncio de convocatoria sobre el derecho de información de los socios puede suplir a la específica exigida para este caso.

58.*** CONVOCATORIA DE JUNTA GENERAL. AUMENTO DE CAPITAL POR COMPENSACIÓN DE CRÉDITOS. DERECHO DE INFORMACIÓN. En caso de aumento de capital por compensación de créditos, en el que la ley exige un reforzamiento del derecho de información de los socios, no puede suplirse ese derecho por la referencia que se haga en el anuncio al derecho de información exigible para otros acuerdos. 

65.*** FORMA DE CONVOCATORIA DE LA JUNTA GENERAL. INTERPRETACIÓN DE ESTATUTOS Y SU ADAPTACIÓN A LOS CAMBIOS LEGISLATIVOS. Es válida la convocatoria de una junta de sociedad anónima hecha conforme a un artículo de los estatutos, que, cuando se inscribió no estaba pensado para ello, pero que ahora los cambios legislativos le dan utilidad y permiten convocar la junta de forma más sencilla y sobre todo económica.

INFORME COMPLETO: 

PARTE I (Sección I y II)

Informe 293. BOE febrero 2019

PARTE II (Resoluciones)

Resoluciones Dirección General de los Registros y el Notariado. Febrero 2019

 

INFORMACIÓN EN CUATRO NIVELES

INFORMES MENSUALES

PORTADA DE LA WEB

Huellas de fauna marina de hace 400 millones de años (destaca el rastro de un gusano gigante hasta su madriguera) en la Ruta del Boquerón, rio Estena, Parque Nacional de Cabañeros, Ciudad Real. Por JFME.

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