No te lo pierdas… septiembre 2023

Juan Carlos Casas Rojo, 22/10/2023

¡NO TE LO PIERDAS!

SEPTIEMBRE de 2023

DISPOSICIONES GENERALES:

Reforma del Reglamento del Congreso de los Diputados. Incorpora el Congreso en su actividad cotidina, la posibilidad de usar lenguas que son cooficiales en alguna comunidad autónoma (catalán, gallego, y euskera). Afecta a la presentación de documentos, Diario de sesiones o publicaciones en el Boletín Oficial de las Cortes entre otros ámbitos.

Disposiciones Autonómicas:

Se publican las leyes gallegas 4/2023, de 6 de julio, de ordenación y gestión integrada del litoral de Galicia y 3/2023, de 4 de julio, reguladora de los juegos de Galicia.

SECCIÓN II. 

Concursillo para Aspirantes a Registrador: Se convocan determinados Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, radicados en el territorio español, con excepción de la Comunidad Autónoma de Cataluña, para su provisión conforme a lo dispuesto en el artículo 503 del Reglamento Hipotecario.

CATALUÑA.  Se convocan determinados Registros de la Propiedad, radicados en el territorio de Cataluña, para su provisión conforme a lo dispuesto en el artículo 503 del Reglamento Hipotecario. Los 46 aprobados en las últimas oposiciones podrán elegir entre 70 Registros (de los que 7 se encuentran en Cataluña).  El plazo, que comenzará a contar el 19 de septiembre de 2023, es de 10 días naturales, por lo que concluirá el jueves 28 de septiembre de 2023 (que será el último día).

Jubilaciones de tres notarios.

 

RESOLUCIONES

En Septiembre se han publicado 23. 

RESOLUCIONES:

En Septiembre se han publicado 23. 

366.** HERENCIA DE CAUSANTE EXTRANJERO. DETERMINACIÓN DE LA LEY APLICABLE. Determinación de la ley aplicable: En el presente caso no hay base, ni elementos suficientes, para entender realizada una «professio iuris» a una ley con la suficiente entidad para desplazar la regla general de aplicación de la ley de la residencia habitual del causante como única rectora de la sucesión.

368.* ANOTACIÓN PREVENTIVA DE DEMANDA: OBJETO. No procede anotación de demanda, sino de embargo, cuando lo que se pretende es garantizar una reclamación de cantidad.

369.*** INMATRICULACIÓN ART 205 LH. ACTA DE NOTORIEDAD COMPLEMENTARIA. INCONSISTENCIA DE LA BASE GRÁFICA CATASTRAL. TITULAR CATASTRAL DIFERENTE. 1.- El acta de notoriedad, complementaria de título público, cumple la función de primer título público pues acredita la adquisición al menos un año antes del segundo título, no siendo imprescindible que ese primer título sea traslativo.  2.- En los casos de inconsistencia de la base gráfica catastral de la finca a inmatricular (es decir que no se pueda aportar) no es exigible dicha base gráfica, y basta que el interesado aporte la representación gráfica alternativa de la finca que complete la certificación catastral incompleta.  3.- El titular catastral de la finca a inmatricular no tiene que ser coincidente con el titular que conste en el título a inmatricular, pues el artículo 298 RH es inaplicable.

370.** LEGÍTIMA DE LOS DESCENDIENTES EN LA LEY FORAL VASCA. La legitima vasca es una pars valoris bonorum de naturaleza colectiva.

371.*** INMATRICULACIÓN. DONACIÓN DE NUDA PROPIEDAD CON RESERVA DE USUFRUCTO. La escritura de donación con reserva de usufructo -constituido por deductio– no constituye título inmatriculador (acompañada de posterior venta de usufructo y nuda-propiedad) del pleno dominio de la finca, sino solo de su nuda-propiedad.

372.** NEGATIVA A TRAMITAR EXPEDIENTE DEL ART. 199 LH POR EXISTIR INDICIOS DE DOBLE INMATRICULACIÓN. La existencia de indicios de doble inmatriculación en caso de inscripción de la representación gráfica solicitada, es suficiente para no iniciar la tramitación del expediente del art. 199 LH.

373.** RESOLUCIÓN DE COMPRAVENTA EN PROCEDIMIENTO JUDICIAL. Para que los documentos judiciales sean inscribibles tienen que ser: firmes y auténticos; han de estar suficientemente determinados en cuanto al alcance de los efectos que produzcan; y que haya tenido posibilidad de intervención en el procedimiento el titular registral, o en caso de fallecimiento, conste el título sucesorio del sucesor.

374.* EJECUCIÓN JUDICIAL HIPOTECARIA CONTRA LA HERENCIA YACENTE. Reitera los requisitos de los procedimientos contra la herencia del titular registral: que se dirija la demanda contra los herederos o, en caso de que no sean conocidos, se emplace por edictos a los ignorados herederos y se comunique al Estado o Comunidad Autónoma como posibles herederos abintestato.

375.** SENTENCIA DECLARATIVA DE DOMINIO POR USUCAPIÓN. CANCELACIÓN DE INSCRIPCIONES CONTRADICTORIAS. La usucapión declarada en la sentencia firme presentada en el Registro, es en sí misma la causa o título que debe expresarse en la inscripción. La inscripción contradictoria para cancelar es la que declaraba la titularidad registral del pleno dominio a favor de los demandados. Los titulares de derechos que carezcan de contacto posesorio con la finca no quedan nunca afectados por la prescripción cualquiera que sea su naturaleza.

377.*** HERENCIA INTERVINIENDO CURADOR REPRESENTATIVO. APROBACIÓN JUDICIAL EXISTIENDO JUICIO NOTARIAL DE CAPACIDAD. Mientras no sea revisada la sentencia de incapacitación judicial (D.T. quinta Ley 8/2021) se aplicará con carácter imperativo la D.T. segunda,  y la partición con curador representativo debe ser aprobada judicialmente (art. 289 CC), sin perjuicio de que pueda (y deba si así lo quiere) la persona con discapacidad otorgar la escritura y manifestar su voluntad y preferencias, asistida por el tutor en funciones de curador representativo y con el apoyo institucional del notario.

378.** INMATRICULACIÓN CON ACTA DE NOTORIEDAD DE ANTETÍTULO. El acta de notoriedad, complementaria de título público, cumple la función de primer título público a los efectos de los casos de inmatriculación por doble título regulado en el artículo 205 LH pues acredita la adquisición al menos un año antes del segundo título, no siendo imprescindible que ese primer título sea el propio título traslativo. 

379.* SENTENCIA QUE RATIFICA LA SITUACIÓN REGISTRAL SIN FIRMA, SELLO NI CSV. No es posible la inscripción de una sentencia que lo que hace es ratificar la situación registral de una finca. En todo caso las sentencias que se presenten al registro deben tener el sello del Juzgado y firma del juez o si la firma es electrónica el CSV.

381.** TRANSMISIÓN DE DERECHO DE VUELO INSCRITO SIN DETERMINACIÓN DE PLAZO DE EJERCICIO. Si en el Registro consta inscrito un derecho de vuelo sin determinación de plazo para ejercitarlo, es posible inscribir la transmisión del mismo, pero para ejecutarlo en su día será necesaria la determinación del plazo para su ejercicio.

382.*** COMPRAVENTA MEDIANTE PODER MERCANTIL REVOCADO Y PUBLICADO EN BORME. La revocación de un poder mercantil publicada en el BORME cierra el registro de la propiedad, aunque el apoderado haya exhibido la copia autorizada por no haber el poderdante exigido su restitución ni notificado la revocación.

384.** ART. 199: DENEGACIÓN DE INICIO Y CALIFICACIÓN SUSPENSIVA DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DEL ART. 199 LH. No puede denegarse la tramitación del expediente del art. 199 LH por el hecho de que se aprecie una posible invasión del dominio público; lo procedente es iniciarlo y notificar a la Administración.

RESOLUCIONES MERCANTIL Y BIENES MUEBLES

364.*** REDUCCIÓN DE CAPITAL POR COMPRA DE PARTICIPACIONES. IMPORTE RESERVA INDISPONIBLE. En una reducción de capital por compra de sus participaciones a uno de los socios, la reserva que debe constituirse para eliminar su responsabilidad debe ser sólo por el valor nominal de las participaciones y no por lo efectivamente pagado al socio por sus participaciones.

367.** COMPRAVENTA DE GLOBO AEROSTÁTICO. NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL DE NO RESIDENTE. No es necesario que una entidad no residente en España y que no cuenta con establecimiento permanente, tenga que disponer de un NIF para la venta de un bien mueble hecha ante notario extranjero.

376.() SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA. DEPÓSITO DE CUENTAS. Contenido idéntico a la número 363/2023. (JAGV)

380.** REGISTRO MERCANTIL CENTRAL. DENEGACIÓN DE RESERVA DE DENOMINACIÓN. Es admisible como denominación social la de “Treserres Soluciones Sostenibles SL”, pese a la existencia de otras dos denominaciones inscritas como “Soluciones Sostenibles SL” y “3R3 Soluciones Sostenibles SL”.

385.*** DEPÓSITO DE CUENTAS POR AGRUPACIÓN DE INTERÉS ECONÓMICO. DOCUMENTO DE INFORMACIÓN NO FINANCIERA. Las Agrupaciones de Interés Económico, si cumplen los requisitos exigidos por la LSC, deben depositar el documento de información no financiera debidamente verificado de forma independiente o junto al informe de gestión

 

SELECCIÓN DE OTROS CONTENIDOS PUBLICADOS:

 

ENLACES:

SEPARATA ÍNDICE JUAN CARLOS CASAS JULIO 2023 

RECURSOS EN ESTA WEB SOBRE:  NORMAS   –   RESOLUCIONES

OTROS RECURSOS:  SeccionesParticipaCuadrosPrácticaModelosUtilidades

WEB: Qué ofrecemos – NyR, página de inicio – Ideario Web

INFORMACIÓN EN CUATRO NIVELES

INFORMES y MINI INFORMES (ahora ¡No te lo pierdas!) MENSUALES

PORTADA DE LA WEB

Glaciar en Islandia. Por Omar Cervera Gil.

Print Friendly, PDF & Email

Deja una respuesta