RESUMEN INSTRUCCIÓN DGRN 12 DE JULIO DE 2018 SOBRE CERTIFICACIONES DESLOCALIZADAS Y NOTAS SIMPLES EN REGISTRO CIVIL
Se trata de la «Instrucción para la puesta en producción de medidas tecnológicas de modernización de los registros civiles», de 12 de julio de 2018.
Francisco Javier Gómez Gálligo, director general de los Registros y el Notariado, firmó el pasado día 12 de julio una importante Instrucción dirigida a los potenciales usuarios del Registro Civil, que somos todos los ciudadanos.
Su objetivo primordial es tratar de reducir los peregrinajes en busca de la oficina competente, mediante la utilización de las nuevas tecnologías.
Se implementan dos nuevos servicios:
– Certificación deslocalizada. Desde una oficina del Registro Civil que tenga la aplicación INFOREG, se podrá obtener información de muchos otros Registros Civiles.
– Buscador de información de estado civil. En la sede electrónica del Ministerio de Justicia se emitirán al ciudadano notas simples informativas sobre diferentes hechos, como nacimientos y matrimonios.
Desarrollamos estos nuevos servicios a continuación:
CERTIFICACIÓN DESLOCALIZADA
Quiénes puede pedir: todos los ciudadanos sobre su estado civil
Dónde se puede pedir: En oficinas del Registro Civil dotadas de la aplicación informática INFOREG, aunque no sea el lugar donde se haya practicado la inscripción.
Qué se puede pedir: publicidad de los datos contenidos en los asientos registrales de los Registros Civiles Municipales que se encuentren informatizados y digitalizados.
Que no se puede pedir:
– Asientos que obren en libros físicos sin todavía informatizar.
– Los supuestos de publicidad restringida previstos en el artículo 21 del Reglamento del Registro Civil.
Expedientes en curso: Siempre que fuera necesario incorporar certificado a algún expediente en trámite, los Encargados de los Registros Civiles podrán usar este medio sin necesidad de requerírselo al interesado, previo consentimiento expreso del mismo del que quedará constancia en el expediente
Fuente de información: La base de datos Central informatizada dependiente de la DGRN
Manual: en las oficinas de Registro Civil habrá un manual de usuario.
Base normativa: artículo 2 del Reglamento del Registro Civil, que recoge la prestación del servicio de auxilio registral.
BUSCADOR DE INFORMACIÓN DE ESTADO CIVIL:
Quiénes pueden pedir: todos los ciudadanos sobre su estado civil
Donde se puede pedir: Sede electrónica del Ministerio de justicia
Cómo pedirla: utilizando el sistema Cl@ve, que es el sistema de autenticación de la Administración General del Estado.
Qué puede pedir: nota simple informativa sobre diferentes hechos como nacimientos o matrimonios. Puede ser un paso previo para luego solicitar en un Registro Civil la certificación deslocalizada o bien pedirla por correo electrónico, aplicando la Instrucción de 20 de marzo de 2002 o telemáticamente.
Resultado: visualización de datos sobre estado civil (hecho, registro civil donde esté inscrito, fecha, tomo y página). No imprimible, parece ser.
Ámbito territorial: datos de todas las oficinas de Registro Civil, estén o no informatizadas.
Fuente de información: datos procedentes del Registro Civil recogidos por el Instituto Nacional de Estadística a través de los boletines estadísticos y consolidados para todas las oficinas, estén o no informatizadas. Se actualiza mensualmente.
Base normativa: artículo 35 del Reglamento del Registro Civil, que admite la nota simple informativa, eso sí, sin la garantía que da la certificación.
Entrada en funcionamiento: 23 de julio de 2018.
Antecedentes en Publicidad del Registro Civil:
Instrucción de 20 de marzo de 2002, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en materia de recepción y despacho de solicitudes de certificaciones en los Registros Civiles por vía telemática, que permitió a los ciudadanos presentar sus solicitudes de certificados por correo electrónico a través del Portal del Ministerio de Justicia.
Resolución de 27 de mayo de 2011, de la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN), que determina los requisitos y condiciones para la tramitación electrónica y expedición automática de las certificaciones de nacimiento y matrimonio, con sello electrónico y cuya emisión es simultánea o automática cuando el solicitante sea el titular inscrito y siempre que acredite su identidad.
Opositores: conviene que hagan referencia a esta Instrucción DGRN en el tema 19, pregunta: La Publicidad del Registro Civil. Indicar que desarrolla las notas simples electrónicas y la solicitud de certificación desde un Registro Civil distinto a aquel donde están los datos.
Cuando encontremos disponible en Internet el Manual de la Certificación deslocalizada, añadiremos un enlace.
Para seguir avanzando:
VALORACIÓN:
Esta Instrucción supone un importante avance de mano de la sociedad de la Información. Sin embargo, no es el punto final.
Se sugiere para seguir avanzando, de menor a mayor dificultad:
- Publicar el manual on line
- Posibilidad de extender al Registro Civil Central
- Obtención de la certificación deslocalizada on line.
- Generalizada a todos los datos no restringidos de todos los Registros Civiles.
ENLACES:
TEXTO DE LA INSTRUCCIÓN DE 12 DE JULIO DE 2018
INSTRUCCION DE 20 DE MARZO DE 2002 (resumen y texto)
RESOLUCIÓN DE 27 DE MAYO DE 2011 (resumen y texto)
SEDE ELECTRÓNICA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA
ACTIVIDAD DGRN primer trimestre 2018