ACTOS NO INSCRIBIBLES
Notificación de revocación de poderes
Notificación de revocación de poderes.- En materia de poderes, el acto inscribible es su otorgamiento, modificación, revocación o sustitución y el título inscribible es, inexcusablemente, la escritura pública, por lo que se confirma la calificación de no contener un acto inscribible el acta otorgada por quien dice ser mandatario verbal del Administrador de una sociedad y por la que se comunica a determinados apoderados que les han sido revocados sus poderes.
22 mayo 1999