SOCIEDAD ANÓNIMA
Administradores: vigencia del cargo
Administradores: vigencia del cargo.- Como ya se señaló en la Resolución de 30 de enero de 1985 (ver más adelante «Junta General: Validez de acuerdos»), es imposible que el Notario asevere en el momento de otorgarse una escritura que el cargo de Administrador de un compareciente se encuentra en vigor, por lo que basta que el interesado, igual que ocurre con los mandatarios, manifieste que se encuentra subsistente.
18 mayo 1986