SOCIEDAD ANÓNIMA
Constitución entre cónyuges.- Es inscribible la escritura de constitución de una sociedad anónima en la que el número mínimo de tres socios, exigido por el artículo 10 de la Ley en el momento fundacional, aparece cumplido cuando se trata de marido, su cónyuge y una tercera persona.
4 noviembre 1969