SOCIEDAD ANÓNIMA
Denominación: carácter de la publicidad en prensa del acuerdo de cambio
Denominación: carácter de la publicidad en prensa del acuerdo de cambio.- La publicidad en prensa complementa la del Registro Mercantil, que se manifiesta a través de la exhibición, nota simple informativa o certificación y produce unas consecuencias jurídicas. La publicidad en prensa tiene carácter informativo y complementario, por lo que no es una exigencia para la validez del acuerdo social y puede cumplirse incluso después de la inscripción, significando su incumplimiento en todo caso la posibilidad de exigir responsabilidad a los Administradores.
21 abril 1987