SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Acuerdos: derecho de voto.- Aunque la atribución de un voto de calidad al Presidente en caso de empate no tendría los inconvenientes que en una sociedad anónima, sin embargo existe la posibilidad de que, de haber sólo dos socios con participaciones iguales, la concesión de tal facultad al que hiciera las veces de Presidente supondría dejar al otro socio siempre a merced de las decisiones del primero.
13 enero 1984