Junta Universal: certificación del acta

Junta Universal: certificación del acta

Adminstrador CoMa, 26/12/2015

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Junta Universal: certificación del acta

Junta Universal: certificación del acta.- El artículo 112 del Reglamento del Registro Mercantil, reformado por el Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, ha acrecentado las exigencias formales de la certificación de los acuerdos de la Junta Universal, en la que deberá constar “que en el acta figura el nombre y la firma de los asistentes que sean socios o representantes de éstos”; este rigor formal, que opera exclusivamente a efectos registrales, impide la inscripción de la certificación del acta de la Junta Universal en la que no consta la firma de la lista de asistentes por todos y cada uno de ellos.

17 abril 1999

Print Friendly, PDF & Email

FRANCISCO SENA:    PORTADA   Propiedad 1 (A-E)   Propiedad 2 (F-Z)               

FRANCISCO SENA:     Búsqueda BOE   Mercantil   Muebles e HMyPSD 

JUAN CARLOS CASAS:   Propiedad    Mercantil (A a L)    Mercantil (M a Z)

RESOLUCIONES:       Por meses     Por titulares     Ley 13/2015

NORMAS:      Cuadro general     Por meses     + Destacadas

NORMAS:   2002 –  2016     Tratados internacionales     Futuras

Deja una respuesta