HERENCIA, HEREDERO *
* Otras cuestiones relacionadas con esta materia se examinan bajo los epígrafes ANOTACIÓN PREVENTIVA DE DERECHO HEREDITARIO. ARAGÓN. BALEARES. CATALUÑA. CONTADOR-PARTIDOR. DEFENSOR JUDICIAL. IGLESIA. LEGADO. PARTICIÓN. RESERVA HEREDITARIA. SUSTITUCIÓN. TESTAMENTO Y USUFRUCTO.
Herencia de bienes privativos por confesión del cónyuge del causante
Herencia de bienes privativos por confesión del cónyuge del causante
Inscrito en el Registro un inmueble con carácter privativo por confesión del marido de la adquirente, la adjudicación hecha a la heredera de la mujer a su fallecimiento requiere la ratificación del carácter privativo en la confección del inventario por parte de quienes fuesen legitimarios del marido –también fallecido-, bien mediante la intervención de éstos, bien acreditando la inexistencia de legitimarios.
13 junio 2003