HIPOTECA
Hipoteca en garantía de rentas e IVA derivados del leasing
Hipoteca en garantía de rentas e IVA derivados del leasing
1) El pago de las rentas estipuladas y el del impuesto del valor añadido no son dos obligaciones independientes, que exijan la constitución de una hipoteca para garantizar cada una de ellas. Por una parte, en el contrato que dio lugar al recurso se estipuló que el «precio del llamado arrendamiento» estaba constituido por unas cuotas constantes «incrementadas por el Impuesto sobre el Valor añadido». Por otra parte, la obligación contraída por el arrendatario de soportar la repercusión del impuesto es uno de los efectos regidos por la ley del contrato. Civilmente ambas cantidades son elementos o sumandos integrantes del total precio a cuyo pago se obliga el arrendatario y por todo ello no hay razón alguna para exigir la constitución de hipoteca separada para garantizar ambos elementos de un precio. 2) El criterio del Registrador de que las cantidades a pagar son rentas o prestaciones periódicas, lo que exige que las partes se sometan a la hipoteca prevista por la Ley para este caso, no es admisible, pues no hay ninguna regla que exija para la inscripción precisar si tiene o no aplicación uno u otro de los preceptos que constituyen el régimen de la hipoteca. [1]
17 diciembre 1993
[1] Otras cuestiones tratadas en este recurso pueden verse, dentro de las relacionadas con la hipoteca, bajo los títulos “Hipoteca en garantía de obligaciones futuras” y “Concurrencia con otras garantías para asegurar un contrato”.