HIPOTECA
Procedimiento ejecutivo ordinario. Ejecución existiendo un tercer poseedor
Procedimiento ejecutivo ordinario. Ejecución existiendo un tercer poseedor
Ante la ausencia de normas en la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre el procedimiento a seguir cuando la finca hipotecada ha pasado a poder de un tercero, debe acudirse a los artículos 126 y 127 de la Ley Hipotecaria, de los que resulta que el requerimiento al tercero ha de hacerse como trámite previo para que el acreedor pueda dirigirse contra el bien hipotecado, por lo que no es inscribible la ejecución ordenada cuando resulta que dicho tercero no fue requerido sino después de ser firme la sentencia de remate y antes de iniciarse la vía de apremio.
3 febrero 1992