IMPUESTO
IRPF en las ventas por no residentes
IRPF en las ventas por no residentes
Respecto a la retención a que obligaba la legislación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, cuando el vendedor no es residente en España, este impuesto no está incluido entre aquellos a que se refiere el artículo 254 de la Ley Hipotecaria, pues el expresado impuesto es de carácter personal, por lo que no puede considerarse defecto la falta de declaración de haber hecho la retención.
13 enero 1999