LEYES
Calificación sobre su vigencia
Calificación sobre su vigencia
Planteándose por el Registrador la cuestión de si el número de Consejeros de una Sociedad Anónima, íntegramente participada por un Municipio, es superior al permitido por el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, lo que rechaza el recurrente, por entender que dicho Reglamento no tiene validez en este punto, toda vez que el texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de régimen local dispone que tales sociedades se regirán por las disposiciones legales mercantiles, la Dirección resuelve, en primer lugar, «que no son la calificación registral ni el recurso gubernativo las vías adecuadas para declarar la vigencia o derogación de las normas referidas».
6 octubre 1999 [1]
Calificación sobre su vigencia.- Hechos: la calificación registral se funda en un Decreto Legislativo del año 2000, que refunde normas legales anteriores, para aplicarlo a un acto que consta fehacientemente que se realizó en 1985. La Dirección reconoce que sería posible que en las normas refundidas por el citado texto legal existiera la exigencia de licencia municipal para realizar una segregación, cuya inscripción se rechaza, pero añade que la búsqueda de dicha norma y su invocación es tarea que corresponde al Registrador en cuanto sirva de fundamento jurídico a su calificación y garantía al interesado a la hora de poder impugnarla (artículo 19 bis de la Ley Hipotecaria). En consecuencia revoca la calificación.
19 noviembre 2004
Calificación sobre su vigencia.- Se plantea en este recurso un problema sobre la retroactividad de las normas, a la vista del cambio introducido en materia urbanística por el Real Decreto-Ley 8/2011, habiéndose solicitado la inscripción de una obra nueva con licencia obtenida por silencio administrativo. El recurso puede verse en el apartado “URBANISMO. Efectos del silencio administrativo”.
19 mayo 2012
[1] Resolución dictada en recurso contra la calificación de un Registrador Mercantil.