MENCIÓN
Expresión del aplazamiento de pago del precio no garantizado
Expresión del aplazamiento de pago del precio no garantizado
La expresión del aplazamiento de pago del precio es una exigencia del artículo 10 de la Ley Hipotecaria que, cuando no está garantizada con hipoteca, condición resolutoria u otra garantía, no produce efectos contra tercero. Al tratarse de un dato que concreta el negocio causal no le es aplicable el sistema de cancelación previsto en el artículo 98 de la Ley Hipotecaria para las menciones, por lo que no es suficiente la simple instancia del comprador para acreditar el pago y obtener su cancelación.
24 julio 1991
Expresión del aplazamiento de pago no garantizado.- No constituye una mención la referencia, en una escritura de compraventa, a un derecho de opción no inscrito, cuyo ejercicio forma parte del precio aplazado. Ver, más extensamente, el apartado “COMPRAVENTA. Precio aplazado y sujeto a diversas condiciones”.
23 junio 2009