NOTIFICACIÓN
A los interesados en un expediente de liberación de cargas
A los interesados en un expediente de liberación de cargas
Si la sentencia dice que se han cumplido «todos los trámites establecidos legalmente para la liberación de gravámenes» y que no se ha presentado «oposición a la misma», podrá ser tachada de excesivamente escueta, pero no puede decirse que no se han acreditado las citaciones previstas en el artículo 210 de la Ley Hipotecaria, porque ningún texto específico de la legislación hipotecaria obliga a más precisiones.
30 julio 1993