PROPIEDAD HORIZONTAL
En el poder concedido para vender la participación indivisa en una herencia cabe entender comprendida la aceptación y partición de la misma, pero no la facultad de constituir un régimen de propiedad horizontal.
17 abril 1970
En el poder concedido para vender la participación indivisa en una herencia cabe entender comprendida la aceptación y partición de la misma, pero no la facultad de constituir un régimen de propiedad horizontal.
17 abril 1970