REGIMEN MATRIMONIAL*
*Sobre esta material pueden verse otras Resoluciones en el epígrafe “CAPITULACIONES MATRIMONIALES”.
Alteración parcial en capitulaciones matrimoniales
Alteración parcial en capitulaciones matrimoniales
El antecedente de esta Resolución fue una escritura en la que unos esposos compraron una finca, atribuyendo carácter privativo del marido al 60 por 100 y ganancial al resto, añadiendo que el negocio celebrado es «de naturaleza capitular y… más específicamente, acto de fijación jurídica y consecuente atribución patrimonial, modificando en el sentido acordado, con efectos concretados exclusivamente a la adquisición del bien determinado a que se refiere, las reglas generales del régimen de gananciales al que, a salvo esta modificación, siguen sometidos». La Dirección revocó la calificación registral que suspendió la inscripción en cuanto a la parte que se pretendía privativa por no haberse justificado el carácter privativo de la contraprestación, basándose en lo siguiente: En primer lugar, porque la calificación no puede basarse en la posibilidad de un fraude de acreedores. Y en segundo lugar porque el principio de libertad de contratación entre cónyuges permite los desplazamientos patrimoniales entre ellos, siempre que se basen en un negocio como la compraventa, permuta, donación «u otro título suficientemente causalizado y cuyo régimen jurídico vendrá determinado en función de esa específica causalización».
25 septiembre 1990