SOCIEDADES
Es inscribible la escritura en la que vende una Sociedad Limitada que en el Registro figura como Anónima, pues acompañándose a la escritura testimonio suficiente, tomado de la de transformación, de los particulares de ésta, en la que figura también nota de su inscripción en el Registro Mercantil, nada impide que en el mismo cuerpo de la inscripción se haga constar dicho evento, para lo cual son suficientes los documentos presentados.
5 enero 2002
Transformación.- Es inscribible la escritura de compraventa en la que se expresa que la titular registral cambió tres veces de denominación y se transformó, sin que sea necesario presentar copia de las escrituras citadas, pues acreditándose estas circunstancias, y así se hizo, por testimonio de las escrituras correspondientes o por certificación del Registro Mercantil, se acreditan las vicisitudes de la sociedad titular registral y pueden reflejarse en la inscripción de venta.
5 septiembre 2002