TITULAR REGISTRAL
Forma de acreditar sus modificaciones cuando realiza un acto inscribible
Forma de acreditar sus modificaciones cuando realiza un acto inscribible
Es inscribible la escritura de compraventa en la que se expresa que la titular registral cambió tres veces de denominación y se transformó, sin que sea necesario presentar copia de las escrituras citadas, pues acreditándose estas circunstancias, y así se hizo, por testimonio de las escrituras correspondientes o por certificación del Registro Mercantil, se acreditan las vicisitudes de la sociedad titular registral y pueden reflejarse en la inscripción de venta.
5 septiembre 2002