AGUAS
Inscripción como finca independiente
Inscripción como finca independiente
En la inscripción de las aguas de dominio privado como finca independiente, no es preciso describir la finca en que se encuentren, bastando con expresar las circunstancias prescritas en el artículo 71[1] del Reglamento Hipotecario.
3 febrero 1959
[1] Hoy el artículo 66.