ANOTACIÓN PREVENTIVA DE DEMANDA
Solicitada una anotación preventiva de demanda por el propio titular registral de la finca, quien afirma que con ello pretende impedir que la Gerencia Municipal de Urbanismo, que es la demandada, pueda inscribir a su favor dicha finca, puesto que le ha sido adjudicada por una Junta de Compensación en expediente seguido con el anterior titular registral, la Dirección entiende, sin prejuzgar que en determinados casos pueda pedirse una anotación de demanda por el propio titular para defender sus derechos, que en este caso, la situación del titular registral es suficiente para que, precisamente por dicha titularidad, sin necesidad de otro asiento, su dominio no pueda ser cancelado si no es mediante el procedimiento en que él haya tenido las garantías que las leyes (interpretadas a la luz de la Constitución) establecen para evitar dicha indefensión.
5 noviembre 2001