ASIENTO DE PRESENTACIÓN
Antecedentes: en el Registro se inscribe una finca enajenada por Agente Ejecutivo en subasta pública; posteriormente, se presenta un mandamiento derivado de un sumario por estafa contra el Agente Ejecutivo, en el que se ordena que no se practique ningún asiento sobre finca enajenada por aquél en su condición de tal Agente y el Registrador lo hace constar por nota al margen del asiento de presentación, sin practicar ningún otro asiento; transcurrido el plazo de vigencia del asiento de presentación, el comprador de la finca presenta una escritura de hipoteca y el Registrador se opone a su inscripción por considerar vigente el asiento de presentación, como consecuencia de la nota puesta a su margen. La Dirección confirma la calificación en base al deber de colaboración con el Juez Instructor de un procedimiento judicial.
18 octubre 1955
Duración y efectos.- En cuanto a los efectos del asiento de presentación, uno de ellos es que la condición de presentante del documento calificado implica efectivamente una presunción legal de que se ostenta la representación de los interesados, pero a los únicos efectos de solicitar la inscripción, no para interponer recurso gubernativo contra la calificación, para lo que se exige la acreditación auténtica de las facultades representativas que, en su caso, se invoquen.
15 noviembre 2001
Duración y efectos.- El hecho de que exista un recurso gubernativo pendiente respecto a un título no es motivo para suspender el despacho de otro documento presentado posteriormente (en este caso un mandamiento de embargo), relativo a la misma finca, si en el momento de interponerse el recurso había caducado el asiento de presentación del título que lo motivó. De acuerdo con el artículo 17 de la Ley Hipotecaria, no pueden inscribirse ni anotarse títulos cuando están presentados anteriormente otros incompatibles, en tanto estén vigentes los asientos de presentación de estos últimos, por lo que no podrá suspenderse el despacho del título ahora cuestionado, so pretexto de la existencia de un título incompatible que no tiene asiento de presentación anterior y vigente.
23 noviembre 2001