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Resoluciones municipales. Requisitos formales
Resoluciones municipales. Requisitos formales
No constituye defecto que la licencia municipal esté firmada solamente por el Alcalde y no por el Secretario del Ayuntamiento, pues si bien es cierto que el Secretario, de conformidad con lo que establece el artículo 192.2 del Real Decreto 2568/1986, es el que normalmente da traslado de las resoluciones o acuerdos de las Corporaciones Municipales, ello no obsta a la facultad del Alcalde de comunicar directamente una resolución acordada por el mismo.
14 febrero 2004