CANCELACIÓN
De derechos posteriores a un retracto convencional, como consecuencia de su ejercicio
De derechos posteriores a un retracto convencional, como consecuencia de su ejercicio
Pactado un derecho de retracto a favor del vendedor de una finca, cuyo comprador después la vendió a un tercero, es inscribible la venta judicial derivada del ejercicio del derecho de retracto que se ejercitó contra el primer comprador, pues ello supone la puesta en marcha de un derecho potestativo cuya eficacia únicamente está condicionada a la entrega del dinero en que consiste el retracto. En cuanto al adquirente posterior de la finca, es evidente que no fue objeto de indefensión por no haberse seguido el procedimiento contra él, como señaló el Registrador, pues la adquirió sometida a tal derecho y, por ello, a sus consecuencias.
25 febrero 2003