CATALUÑA
Silencio administrativo en materia de urbanismo
Silencio administrativo en materia de urbanismo
Sobre los requisitos para su existencia, de acuerdo con la legislación de Cataluña, ver el apartado “URBANISMO. Efectos del silencio administrativo”. [1]
24 y 25 febrero 2009
[1] Resolución dictada por la Dirección General de de Derecho y Entidades Jurídicas, de Cataluña.