COMPRAVENTA
De bienes, por derecho de retracto ganancial
De bienes, por derecho de retracto ganancial
Pactado un derecho de retracto convencional al venderse una finca ganancial, no puede el cónyuge sobreviviente, por sí solo, sin previa liquidación de la sociedad conyugal, ejercitar dicho derecho, que tiene carácter ganancial.
31 diciembre 1934