Días inhábiles 2023
Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se establece a efectos de cómputo de plazos, el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2023.
Resumen: Se publica el calendario de días inhábiles para el año 2023, que está conectado con el calendario laboral oficial. Afecta a la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.
El artículo 30.7 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que la Administración General del Estado fijará, en su ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos, con sujeción al calendario laboral oficial (ver Resolución de 7 de octubre de 2022, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2023).
Se recuerda que, de acuerdo con el artículo 30.8 LPA, la declaración de un día como hábil o inhábil a efectos de cómputo de plazos no determina por sí sola el funcionamiento de los centros de trabajo de las Administraciones Públicas, la organización del tiempo de trabajo ni el acceso de los ciudadanos a los registros.
El calendario afecta a la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, a efectos de cómputos de plazos.
Son días inhábiles:
a) En todo el territorio nacional: Los sábados, los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no ha ejercido la facultad de sustitución.
b) En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: Aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
c) En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.
Los días inhábiles a que se refieren los puntos a) y b) se incluyen en un anexo donde se distingue entre los días inhábiles en todo el territorio nacional y los que lo son tan sólo en las CCAA que se especifican.
DÍAS INHÁBILES DE ÁMBITO NACIONAL:
Son, aparte de los sábados y domingos:
- el viernes 6 de enero
- el 7 de abril (Viernes Santo)
- el 1º de mayo, lunes
- el martes 15 de agosto
- el jueves 12 de octubre
- el miércoles 1 de noviembre
- el miércoles 6 de diciembre
- el viernes 8 de diciembre
- y el lunes 25 de diciembre
DÍAS INHÁBILES SÓLO EN ALGUNAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS:
- Enero. Día 2, lunes: Andalucía, Aragón, Asturias, Murcia y Castilla y León.
- Febrero: Día 21, martes: Extremadura.
- Febrero. Día 28, martes: Andalucía.
- Marzo. Día 1, miércoles: Illes Balears.
- Marzo: Día 20, lunes: Madrid.
- Abril. Día 6, Jueves Santo: Andalucía, Aragón, Asturias, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, Murcia, País Vasco, La Rioja, Castilla y León, Madrid, Navarra, Ceuta y Melilla (los mismos que el año anterior, salvo Valencia).
- Abril. Día 10, Lunes de Pascua: Illes Balears, Cataluña, País Vasco, La Rioja, Navarra y Valencia (las mismas que en 2022).
- Abril. Día 21, viernes: Melilla.
- Abril. Día 24, lunes: Aragón.
- Mayo. Día 2, martes: Madrid.
- Mayo. Día 17, miércoles: Galicia.
- Mayo. Día 30, martes: Canarias.
- Mayo. Día 31, miércoles: Castilla-La Mancha.
- Junio. Día 8, jueves: Castilla-La Mancha.
- Junio. Día 9, viernes: La Rioja y Murcia.
- Junio. Día 29, jueves: Ceuta y Melilla.
- Julio. Día 25, martes: Galicia, País Vasco, Castilla y León y Navarra.
- Julio. Día 28, viernes: Cantabria.
- Septiembre. Día 8, viernes: Asturias y Extremadura.
- Septiembre. Día 11, lunes: Cataluña.
- Septiembre. Día 15, viernes: Cantabria.
- Octubre. Día 9, lunes: Valencia.
- Diciembre. Día 26, martes: Cataluña (salvo el valle de Arán),
ALGUNA NORMATIVA ESPECÍFICA:
CANARIAS
En la Comunidad Autónoma de Canarias, el Decreto 156/2022, de 30 de junio, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2023, y se abre plazo para fijar las fiestas locales (BOC de 12 de julio de 2022) dispone que las fiestas laborales serán, además, las siguientes:
- en El Hierro: el 25 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Reyes;
- en Fuerteventura: el 15 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la Peña;
- en Gran Canaria: el 8 de septiembre, festividad de Nuestra Señora del Pino;
- en La Gomera: el 9 de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe;
- en La Palma: el 5 de agosto, festividad de Nuestra Señora de Las Nieves;
- en Lanzarote y La Graciosa: el 15 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Volcanes;
- en Tenerife: el 2 de febrero, festividad de la Virgen de la Candelaria.
CATALUÑA:
En la Comunidad Autónoma de Cataluña, la Orden EMT/81/2022, de 21 de abril, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales en Cataluña para el año 2023 (DOGC de 28 de abril de 2022) dispone que: «En el territorio de Arán…, la fiesta del día 26 de diciembre (San Esteban) queda sustituida por la de 17 de junio (Fiesta de Arán)»
DÍAS INHÁBILES A EFECTOS PROCESALES
MODELOS TRIBUTARIOS MÁS USADOS
ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES (art. 37)
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