NOTICIAS BREVES 2014 Futuras normas

NOTICIAS BREVES 2014 Futuras normas

ACME, 15/02/2015

«NOTICIAS BREVES»Cortes_leon

(recopila: Albert Capell Martínez [ACM]
Notario de Boltaña [Huesca])

V.-) NOTICIAS BREVES: 
 SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL     

El  Consejo de Ministros de 26 de Diciembre presentó, tras el proceso de
diálogo con los interlocutores sociales, la cuantía del Salario
Mínimo Interprofesional para el año 2015, que se ha fijado
en 21,62 euros diarios o 648,60 euros mensuales. El incremento del 0,5 por
100 responde a la mejora de las condiciones generales de la economía.
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 AUDITORÍA DE CUENTAS     

El  Consejo de Ministros de 26 de Diciembre presentó, un informe del Mº de Economía y Competitividad sobre el Anteproyecto de Ley de Auditoría de Cuentas derivado de la necesidad de adaptación a la normativa europea.
– Refuerza la independencia, la transparencia y la supervisión, y su objetivo es elevar la calidad de las auditorías para aumentar la confianza en la información económica y financiera

– La rotación se fija en 10 años, y una vez transcurridos , si se celebra un concurso público, el auditor podrá seguir 4 años más, siempre que entre otro auditor y se realice una auditoría
conjunta.

– se limitan algunos honorarios: no puede superar durante tres o
más ejercicios consecutivos el 70 % de la media de los honorarios
por servicios de auditoría percibidos durante los tres últimos
ejercicios y para evitar la dependencia financiera respecto a una misma
entidad, los honorarios de esta no puedan superar en los 3 últimos
ejercicios, el 15 % del total de ingresos percibidos.

– y se establece una lista con 11 servicios incompatibles. Destacan
entre otros los servicios de contabilidad, de auditoría interna,
de abogacía o de diseño de procedimientos de control interno
o de gestión de riesgos relacionados con la información financiera.
También serán incompatibles los servicios fiscales y de valoración
salvo si no tienen efecto directo en los estados auditados o son de poca
importancia relativa. Determinados familiares del auditor tampoco pueden
realizar esos servicios incompatibles a la entidad auditada. [leer
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]

 REESTRUCTURACIÓN  ENTIDADES CRÉDITO                  NO hay novedades

El
Consejo de Ministros de 28 de Noviembre
presentó un informe del Mº
de Economía y Competitividad sobre el Anteproyecto de Ley
de reestructuración y resolución de entidades de crédito y empresas
de servicios de inversión
que adapta a España uno de los pilares
de la Unión Bancaria y cuyo objetivo es preservar la estabilidad
del sector financiero:

1) Diseña un nuevo esquema de absorción de pérdidas
por parte de los acreedores («bail in») que podrá implicar que todos
los acreedores tengan que contribuir al saneamiento de una entidad y no
sólo los subordinados, como hasta ahora.
2) Constituye un Fondo de Resolución Nacional financiado por la industria
que, a partir de 2016, deberá integrarse en el Fondo Único Europeo;

3) Articula los mecanismos de colaboración entre las autoridades
españolas y el Mecanismo Único de Resolución;

4) El procedimiento de actuación temprana se aplicará
a una entidad cuando no pueda cumplir con la normativa de solvencia, pero
esté en disposición de hacerlo por sus propios medios.

5) Los depósitos de menos de 100.000 euros mantienen
la garantía directa del Fondo de Garantía
de Depósitos
. Los depósitos contarán, además,
con un tratamiento preferente en la jerarquía de acreedores.
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más…
]

 FUNDACIONES                 NO  hay novedades

El
Consejo de Ministros de 29 de agosto 2014
recibió un informe
del ministro de Justicia sobre el Anteproyecto de Ley de
Fundaciones
que sustituirá a la vigente
Ley de 26 dic. 2002
:

   – Simplifica el proceso constitutivo y fomenta las
prácticas de buen gobierno y transparencia.
– Incorpora la posibilidad de extinción de las
que se encuentren inactivas o no cumplan sus fines.

   – Introduce medidas de lucha contra el fraude, como
la obligación de contar con una página web en la que publiquen sus datos más
relevantes sobre actividad, cuentas, cargos y subvenciones.

– Crea un Registro único de Fundaciones
dependiente del Ministerio de Justicia (llevado por los
Registradores Mercantiles
) y establece un Protectorado único
en el ámbito de la Administración General del Estado que se encargará de aplicar
el régimen sancionador que la norma prevé por primera vez.


El anteproyecto, formado por 44 artículos distribuidos en 10 capítulos, garantiza
la agilización de la constitución de las fundaciones mediante el asesoramiento
que proporcionará el Protectorado único en el ámbito de la Administración
General del Estado. El interesado en crear una fundación se dirigirá al Protectorado
para solicitar un informe de idoneidad, adecuación, suficiencia y viabilidad
que deberá ser resuelto en el plazo máximo de 3 meses.
El notario
constituirá la fundación y solicitará su inscripción en el Registro
único de Fundaciones
, que dependerá del Ministerio de Justicia a través
de la Dirección General de los Registros y del Notariado. En
el Registro de Fundaciones, que será público y cuyo contenido se presumirá
exacto y válido, constarán los actos relevantes relativos a todas las fundaciones
que operen en territorio español, lo que permitirá cumplir con las necesidades
de publicidad y transparencia que proporcionan un mayor control del uso que
se hace de las subvenciones y beneficios fiscales que reciban. Su llevanza
se atribuirá al Registro Mercantil
.

El Anteproyecto refuerza los requisitos relativos
a la dotación y elimina la posibilidad de desembolso sucesivo; regula unos
principios de buen gobierno que deben regir la actuación de los miembros del
patronato y establece el deber de impulsar la aprobación y difusión de códigos
de buen gobierno. En la web se publicarán los datos más relevantes sobre su
actividad, cuentas anuales y cargos del patronato, así como subvenciones y
ayudas públicas recibidas. . [leer
más
].

 COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL [Civil]       NO  hay novedades

El  Consejo de Ministros de 4 julio 2014 presentó el  Anteproyecto de Ley de Cooperación Jurídica Internacional en materia civil,
que prevé la inscripción registral de documentos extranjeros, judiciales y extrajudiciales:
   –
Regula el proceso de reconocimiento y ejecución de las resoluciones judiciales
extranjeras en España.
– Se incluyen los actos de comunicación de documentos
judiciales y extrajudiciales, así como la práctica y obtención de pruebas.

(…)

Notarios y registradores.

La regulación establece que notarios y registradores favorecerán la ejecución
de documentos públicos extranjeros y la inscripción en los registros públicos
mediante la adecuación de las instituciones extranjeras
que pudieran resultar
desconocidas. Se prevé, igualmente, la adaptación de los documentos
públicos extranjeros
como técnica a utilizar por parte del
registrador
cuando se ordenen medidas o se incorporen instituciones
o derechos que sean desconocidos al ordenamiento español. En este caso se
adaptarán lo mejor posible a una medida u orden prevista o conocida en el
Derecho español, siempre que tenga efectos equivalentes y se persiga la misma
finalidad originaria. [leer
más
].

Fue objeto de RESEÑA en la portada de  05-VII.

ACM,
Boltaña, 14 febrero 2015

 

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