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CALIFICACIÓN REGISTRAL EN LA SERRANÍA 
 

Antonio Ripoll Jaén, Notario de Alicante     

  

"Y él preguntó:      

- ¿Cómo se supera eso?    

Y ella contestó:     

- Con arte..."    

(Luz de Nieve en los Picos  de Europa.)    

 

A la letrada Teresa González Torres, como testimonio de amistad y gratitud por haber puesto en mis manos un original de la primera reimpresión, con licencia regia, de las Ordenanzas de Bilbao.   

 

 

Campos de la Nueva Castilla, insinuadas lomas de romero, tomillo y carrascales pobladas. El paisaje lo arropa del Mugron la sierra. Estamos en la Mancha.   

Tablas de tierra trabajada, bancales y bancalones con el sudor del verano regados. Ya el trigo incipiente verdea y será, de mayor, dorado.   

Rastrojeras que duermen para ser tierra descansada, fertilidad de futura labranza y esperada cosecha.   

Bellotas, de amargura y dulzor ligadas, se ofrecen, todavía de feraces ramas colgadas. Son ellas, con las nueces, los frutos de la Navidad.   

El maíz, en sus cañas, se deja ya cortar. Amplios pasillos, por la siega abiertos, dan luz y fresco viento al maizal.   

El jabalí pierde tranquilo hogar y las liebres danzan y corretean, en cortejo de amor y pareadas, y por esas rutas en la mazorcada, libres se dejan, de lejos, mirar.   

Arranca de lo alto un bando de perdices. Del monte al llano y de este al maizal.    

Entra en escena el cazador y le acompañan los artículos 609 y siguientes del Código Civil y el Título III de l´adquisició, la transmisisió i l´extinció del dret real del Codi Civil de Catalunya.    

 Estamos con los modos de adquirir el dominio y como liebre, a salto de mata, aparece la ocupación.    

Las patirrojas, con violencia, se despegan del suelo, están en lo suyo, del peón al vuelo. 

 El perro, que se adelantó en exceso, y el lance malogrado, hizo recordar al perseguidor aquella espesura frondosa del místico Juan de la Cruz, "Volé tan alto, tan alto, de tanto amor inflamado y fue tan grande el trance que le dí a la caza alcance".   

Cazó pero no cobró y es que el amor ... está vinculado a La Navidad.   

Las alectoris rufas, lejos ya del peligro, en las rastrojeras pasturan y de estas al cielo abierto del maizal, de las panochas, sus granos comían. 

El cazador no cejaba en su empeño y "r" que "r" a ellas las acosaba y perseguía. El cansancio hizo plomizos sus brazos y lentos los pasos.   

 Saltó una galana rezagada y, ya falto de reflejos, aquella fue sana y salva donde le vino en gana.   

Y ya continuó, por el aburrimiento que la fatiga regala, a entrar en funcionamiento, aunque de mala gana, la maquina jurídica. Código Civil, Ley de Caza, legislación autonómica y articulo 149 de la Constitución Española.    

Derecho de accesión, ocupación, frutos naturales, limitaciones del dominio, responsabilidad aquiliana.    

¿Qué fue de aquel jabalí que, en una batida, abandonó el coto y al cruzar la calzada provocó un accidente de trafico? !Ay Código Civil que la ley de Circulación me impide que piense en ti!. Trabajo interesante, pensó el andante, el de Francisco Cuenca Anaya, en el libro homenaje a Alberto Ballarín Marcial.   

¿Y el guarda del coto de su corcel descabalgado que hizo malparir a las ovejas del ajeno ganado?.   

Los conejos, de estiradas orejas, están en actitud de alerta y esta no les impide mordisquear las gomas del riego por goteo.   

 ¿Cuando prescribe la responsabilidad del dueño del predio colindante? ¿donde fundar su acción por daños?. Y allí correteaban los artículos 1902 y 1906 del Código y se dio de bruces, recordando al descabalgado, con el 1905.   

Pensando y pensando, de la actividad felicitaría ido, el perro intentó alertar al cazador, paró la muestra, y aquel, en sus pensamientos perdido, no lo advirtió, la liebre saltó, y el tiro, por trasero y tardío, se perdió. El bicho escapó.   

Dicen que esta liebre a la Francia llegó y que, con el león del convento africano, fue la protagonista de Tartarin de Tarascon que Alfonse Daudet tan primorosamente escribió.   

El can, setter ingles, blanco y negro, de marrón moteado, de nombre Xaloc, cabreado, a su amo abandonó y este otra  vez, volviendo al Derecho recordó que "Los animales fieros solo se poseen mientras se hallen en nuestro poder; los domesticados o amansados se asimilan a los mansos o domésticos, si conservan la costumbre de volver a la casa del poseedor".   

Ya de la caza harto, criticó al legislador en el articulo 465 del Código Civil Español, porque los animales no tienen costumbres, ni usos, ni hábitos y si solo el instinto de volver, que los perros efectivamente lo tienen, a la casa del poseedor.   

Se alegró el cazador de la proximidad del fin de la jornada cinegética y le alivió el pensar que los bichitos son semovientes, por lo que no son objeto de inscripción en el Registro de la Propiedad y, por ello, felizmente ajenos a la calificación regitral fundada en el articulo 18 de la Ley Hipotecaria.   

 Mas reparó el sujeto que hay supuestos excepcionales, como puede ser el derecho de caza en predio ajeno ,a titulo de servidumbre, personal o real, que pueden causar una inscripción en el Registro de la Propiedad. Este pensamiento le amargó la tarde.   

Que los Santos Antón, Francisco y Huberto hagan de tal precepto objeto cinegético y susceptible de caza.     

Una hoja, de la panojada, revoloteó que al cazador asustó y en ella leyó el Art. 1968 que fija el plazo de prescripción, por culpa extracontractual, en un año.     

Ya la tarde caía y el sol se perdía, el frío, con la nieve al fondo, tomó el mando del ocaso y es este el caso que al fondo del maizal se columbraba una figura, al parecer humana.    

Caminaba el cazador y entonces se percató que el hombre que columbró era pequeño y de avanzada edad. Culminaba su cabeza un gorro de lana de esos que en los altiplanos peruanos, con sus orejeras, están de llevanza. Ya próximo observó una bolsa blanca que el hombrecillo de su mano asía y que constantemente él se levantaba y agachaba.     

No era un inmigrante y sí un paisano de esa tierra serrana.    

- Buenas tardes, dijo el cazador.    

- Con Dios las tenga, contestó el paisano.    

- Yo sé lo que usted está haciendo, pero ¿cómo le llaman aquí a esa faena? preguntó el cazante.   

- "Arrecogiendo panizo", musitó el improvisado recolector tenido por inmigrante.    

- Eso se hacía, terció el cazador, cuando el hambre estas tierras las mandaba.     

- Tengo conejos y el panizo que la máquina deja, es para ellos y también para mis palomicas. ¿A que no sabe usted cuantos años tengo?.     

 El cazador escurrió la pregunta. El hombre tenía la cara, por la vejez y el aire serrano, de arrugas y muy bien surcada.     

- Pues tengo 82, dijo el viejo a su pregunta.   

Y bien que se le notaba y mientras se levantaba y agachaba, hablaba que no paraba. Se apresuró a decir que tenia permiso del amo.    

- No tiene usted necesidad de pedirle permiso al dueño, para coger lo que este no quiere y abandona a la suerte de Dios.    

La tarde cae, guárdese del frío, se despidió el cazador.    

Caminó ya hacia la cuadra, de retirada, disfrutó el cazador de aquel encuentro y no pudo evitar pensar en el Ius usus inocui. "Quod tibi non nocet et alii prodest non prohibetur".    

Y una vez mas el enredo jurídico surgió. ¿Limitación del dominio? ¿Modo de adquirir? ¿Derecho natural? ¿Abuso de Derecho? ¿o tal vez costumbre hoy de los tiempos olvidada y ya no practicada?. ¿Verdaderamente existe ese derecho, como el espigueo, el garbanceo o ese de las mazorcas que el cazador está viviendo?.    

Los santos invocados a la memoria del cazador llevaron un trabajo de José Maria de la Cuesta Sáenz, en el Boletín de la Academia Granadina del Notariado, allí publicado, "La costumbre como pretexto".    

El autor recordaba el escaso interés de esta Fuente del Derecho en la época de la Codificación, pero defendía la "costumbre" de ocuparse de la "costumbre", porque son esas instituciones, en aparente ocaso, las que permiten a los juristas elucubrar para sus construcciones doctrinales. Lo que no es del cazador el caso.    

Costumbre, que en el Derecho Valenciano, aparece con nuevo brío y el cazador increpó, con acierto, al articulo séptimo del Estatut d' Autonomía de la Comunitat Valenciana.    

Aunque muy cansado, el cazador fustigó a su paso, ya anochecía y la cuadra se alcanzaba.    

El cazador, que era Notario, encontró a su amigo Chimo, Registrador de la Propiedad, que con cabreo subido, le esperaba ansioso y preocupado por la tardanza.    

 Comentaron la cacería y sorprendidos quedaron porque ninguna pieza cobraron.    

La anécdota del vejete salió y el Registrador, en chanza, calificó y le quitó la razón al Notario.    

- Hiciste mal en decirle al anciano que no necesitaba el permiso del dueño de la finca para mazorquear.    

- ¿Por qué? le espetó el  Notario.    

- No es el caso que cuentas una manifestación del ius usus inocui. ¿No te has parado a pensar -siguió el Registrador- que estamos en un coto de caza arrendado? Los granos del maíz, como en su día los del trigo, alimentan perdices, conejos, liebres, torcaces y otros animales y las crías así serán abundantes, por lo que indirectamente el amo de la finca si aprovecha esos productos. Si hubiera hambre...    

El Notario no recurrió la calificación de su compañero.    

 Tomaron el vino de espuela, montaron sus caballos y a galope lento al pueblo se dirigieron.    

Sobre el cielo del Mugron se vio el cometa navideño y los dos pudieron leer:    

"Paz en la tierra a los hombres de buena voluntad y también entre Notarios y Registradores de la Propiedad".    

Eso no iba con ellos. Eran buenos amigos.    

A la vista las luces del pueblo, pusieron los corceles al paso y ambos retomaron la copla:     

 

"Templada la tensa noche 

Quebrada ya la madrugada 

Rompiendo el día en él la vida vivieron   

Y él preguntó:    

-¿Cómo se supera eso? 

Y ella contestó:    

- Con arte..." 

 

En un perdido lugar de la Mancha, Alpera, un dia de la Navidad.    

 

Antonio Ripoll Jaén. Notario de Alicante.   

 

Nota del autor.- Quien esto escribe ha abandonado la mala costumbre de torturar a los canes de caza, con esos malditos collares eléctricos, porque como le decía su tío Don Salvador: "Señores y perros de caza, los quiero de raza".     

  

 

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